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Opinión | Firma invitada

José Manuel Marraco

Abogado

Incendios forestales y cambio climático

Resulta difícil escribir unas líneas ante la tragedia que están provocando en estos momentos los incendios forestales en España y en Francia. No hay calificativos. La tragedia humanitaria y ambiental es de unas características que sobrepasa todo lo imaginable. Lo que más lamento es que esta situación algunos habíamos pensado que podía ocurrir. Así, en el mes de julio de 2017, es decir, hace nueve años, en el blog ambiental de la Abogacía, Miguel Angel Soto, responsable entonces de la campaña de bosques de Greenpeace-España, decía: «El paisaje forestal que hemos heredado no está preparado para el cambio climático que estamos viviendo, tenemos una masa forestal que crece y se expande por un territorio poco poblado, en una España vacía. Y el cambio climático con ese aumento esperado de 1,5 grados de media durante el presente siglo, está poniendo a estos paisajes forestales ante un dilema; o los gestionamos los humanos o lo harán los grandes incendios forestales, de manera brusca, dramática y con graves consecuencias económicas. O adaptamos estos paisajes al cambio climático, o lo veremos poco a poco producto de estrés hídrico, las plagas, las sequías, el fuego. Los paisajes forestales para sobrevivir al siglo XXI los veremos cambiar, seguramente a peor, de eso deberíamos estar hablando».

Lamentablemente, no hemos hecho lo suficiente para evitar las dolorosas imágenes que estamos contemplando estos días con los graves incendios que se están produciendo en estos momentos. Resulta difícil comprender a quienes todavía en este estado de cosas vienen negando el cambio climático y denostando a aquellos que consideramos que es uno de los mayores problemas con los que cuenta nuestra sociedad actual. Desde el mes de mayo del año en curso, venimos sufriendo unas elevaciones de temperaturas que no son normales y que indudablemente guardan relación con el cambio climático.

Si nos referimos a los incendios forestales, hubo algún tiempo donde se reclamaba una tipificación penal más rigurosa para castigar a los autores de los mismos. Había quien pensaba que el Código Penal iba a resolver esas cuestiones. Afortunadamente esa tendencia parece que ha quedado en el olvido, además de que nuestro actual Código Penal recoge sanciones suficientemente disuasorias, para que nadie pueda pensar que provocar un incendio forestal es una conducta que queda impune.

Hay que hacer memoria y como algunos consideran, el incendio forestal que aconteció en Portugal en el año 2017 marcó un antes y un después en esta cuestión. Se empezó a hablar de los incendios de quinta generación, hoy ya vamos por la sexta, y los analistas forestales señalaban que los fuegos evolucionaban en función del paisaje y del clima, y por sus dimensiones colapsaban los servicios de emergencia que lógicamente priorizan la salvaguarda de vidas y estructuras antes que las superficies forestales. Simplemente recordaríamos, entre otros, los incendios que castigaron el pasado año California, con fallecimientos de personas, además de las afecciones ambientales, destrucción de propiedades y todos los males inherentes a esa catástrofe ambiental.

La situación actual exige una toma en consideración y de aplicación de elementos normativos que no hemos tenido en cuenta como deberíamos. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, hacía referencia al Acuerdo de París de 2015 y la Agenda 2.030 para el Desarrollo Sostenible (hoy denostada por algunos), estableciendo una transformación del modelo económico y señalaba «un nuevo contrato social de prosperidad inclusiva dentro de los límites del planeta». Los artículos 24 y 25 de la Ley precedentemente citada, establecen las directrices para la protección de la biodiversidad frente al cambio climático, el desarrollo rural, la política agraria y contemplan también la política forestal.

La normativa forestal a través de la Ley de Montes 43/2003, de 21 de noviembre, como todos bien sabemos contempla y desarrolla la normativa de prevención, gestión y extinción de los incendios forestales, siendo competencia de las comunidades autónomas, sin perjuicio de las funciones de coordinación del Estado, como está aconteciendo en la actualidad.

La conclusión es clara, una vez superemos la tragedia de la situación actual habrá que reflexionar muy claramente sobre cuál es la determinación a seguir, para evitar que la catástrofe ambiental no caiga en el olvido (recordemos por ejemplo los trágicos incendios de León, Zamora y Ourense en 2025, y el reciente de Almería en 2026, con 13 personas fallecidas) y volvamos el próximo verano a sufrir una situación que lamentablemente necesitaremos muchos años para revertir.

Los incendios forestales, como año tras año venimos repitiendo, no son una cuestión de normativa, que hay suficiente, ni de tipificación del Código Penal, son una cuestión muy compleja donde inciden múltiples factores. Las dolorosas circunstancias que estamos viviendo evidencian, como señalábamos al principio de estas líneas, que tendríamos que haber actuado con anterioridad y que tendremos que hacerlo de forma inmediata porque el cambio climático avanza inexorablemente y no caben dilaciones para frenar su impacto, como estamos padeciendo.

Como decía Pablo Neruda, «nos toca arreglar este asunto, es decir, la vida».

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