JUSTICIA.

Pierde la pensión paterna por mal estudiante

La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la pensión por alimentos que un ciudadano pasaba a su hijo porque este, que cuenta ya con 25 años, "estuvo estudiando bachillerato hasta los 21 años, cuando normalmente este ciclo formativo se acaba entre los 17 y los 18, y desde entonces prepara oposiciones, sin que las haya aprobado". El apoyo económico paterno mientras los hijos estudian está regulado por ley en España sin que el legislador introdujera límite de edad.

De ahí que, con cierta frecuencia, se dan casos de hombres o mujeres que, pasados los 20, 30 o más años, siguen cobrando una pensión de alimentos de sus padres, por su condición de estudiantes. La novedad de la sentencia de Murcia consiste en que el padre ha conseguido demostrar que su hijo no cumplía con la condición que exige la normativa para mantener esa paradójica situación económica, es decir, no era un estudiante. O, como mínimo, no le acompañaban los resultados.

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