Al día siguiente de entregarse y de que un juez la dejara en libertad después de haberse escondido durante casi un mes con sus hijos para evitar que estos sean entregados a su padre, condenado por maltrato, Juana Rivas pasó ayer un día «feliz» y en compañía de sus niños, según su entorno, pero sin desvelar el paradero de estos. Aún tiene por delante una dura batalla legal por la custodia con su expareja, el italiano Francesco Arcuri. La fiscalía todavía no ha decidido si recurrirá su puesta en libertad y continúa siendo investigada por sustracción de menores y desobediencia. Su caso va para largo, auguran los expertos, pero al menos está sirviendo para que se ponga el foco en si la legislación y los tribunales españoles protegen adecuadamente a los menores.

El caso de Rivas depende también de la justicia italiana, que otorgó la custodia provisional al padre, de ahí su complejidad, pero en España también hay decenas de situaciones en las que los jueces permiten que los hijos sigan en contacto con progenitores condenados en firme por violencia machista, bajo la máxima de que un maltratador no tiene por qué ser un mal padre. Los colectivos feministas llevan años criticando esta situación, que puede poner en riesgo al menor, y a menudo es usada por los condenados para seguir intentando hacer daño a sus exparejas. Por ello, ante el clamor colectivo, la legislación se reforzó en el 2015 de forma que se reconoció a los menores como víctimas directas de la violencia y, por tanto, sobre el papel, se les debe proteger igual que a las mujeres que sufren los ataques y vejaciones.

«ARBITRIO JUDICIAL»

Pero en la práctica la aplicación de la ley depende del «arbitrio judicial», según alerta la presidenta de la Fundación Mujeres, Marisa Soleto, y los magistrados, en muchos casos, no consideran que la violencia machista perjudique la relación paternofilial y de ahí que permitan el contacto entre hijos y padres. Además, su organización ha detectado que, en ocasiones, «problemas procedimentales» prevalecen al interés superior de proteger al niño; como en el caso de Rivas, a quien el Tribunal Constitucional rechazó amparar y suspender la entrega por cuestiones de forma en la demanda interpuesta.

Por todo ello, Soleto considera que es el momento de que la justicia «reflexione sobre si hace falta realizar modificaciones procedimentales» para que siempre y en todos los casos prevalezca el interés del menor. «El caso Rivas es una oportunidad de medir si los tribunales son fieles a la literalidad de la ley», añade.

En esta línea, la Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE) pidió disposiciones específicas que garanticen la protección del menor y alertó, en un comunicado, de que es de «capital importancia la utilización de la perspectiva de género como elemento transversal inspirador e informador tanto de las normas jurídicas como de su interpretación y aplicación».

La asociación de mujeres juristas Themis comparte que la legislación es correcta, pero opina hay que introducir mejoras en la formación de los jueces o de las unidades psicosociales que se encargan de emitir una evaluación sobre las custodias para que siempre haya miembros con preparación específica en violencia machista. Su presidenta, Amalia Fernández, denuncia que en muchos casos se dictamina que los menores mienten o están manipulados por la madre cuando relatan los malos tratos, de ahí que no se tengan en cuenta sus testimonios.

En el lado opuesto, asociaciones en defensa de la custodia compartida consideraron ayer que Rivas ha «secuestrado» a sus hijos y recordaron que hasta tres jueces han considerado a Arcuri «apto» y «buena persona» para cuidar de sus descendientes.