El próximo mes de septiembre se celebrará, previsiblemente, el sorteo para la formación de las listas de candidatos a jurados que tendrán que intervenir (en caso de que finalmente sean seleccionados) en los juicios con jurado popular que se celebrarán en Córdoba durante los dos próximos años. En el marco de un tribunal presidido por un magistrado, estos ciudadanos tendrán que proclamar inocente o culpable a los acusados de diferentes delitos como asesinatos y homicidios consumados, allanamientos de morada, omisiones del deber de socorro y malversaciones de fondos públicos. Algunas de las excusas más frecuentes para eludir este deber son ser mayor de 65 años o tener responsabilidades familiares. El presidente de la Audiencia provincial, Francisco de Paula Sánchez Zamorano, afirma que desde la reimplantación de este sistema, en 1996, se han celebrado 122 juicios con jurado popular en Córdoba, una media de cinco al año.

El perfil de los jurados

"Son muchos los ciudadanos que desean eludir la carga alegando motivos de los más variados", afirma Sánchez Zamorano acerca de la elección de los jurados para los juicios. De este modo, hace referencia a la necesidad de "ser muy restrictivo en la valoración de las excusas".

El juez decano, que en la actualidad es Miguel Ángel Pareja, titular del juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba, tiene que resolver las alegaciones planteadas por las personas seleccionadas. Pareja señala que los argumentos más habituales son tener responsabilidades familiares y superar los 65 años de edad, así como desarrollar una profesión incompatible con esta responsabilidad, entre las que se encuentran policías, abogados, procuradores y jueces. "La mayor parte son justificadas y estas se estiman", comenta.

De su parte, el presidente de la Audiencia provincial hace hincapié en "el carácter de jurado puro elegido por el legislador", lo que quiere decir que quienes lo componen no pueden tener conocimientos de derecho. Por tanto, la norma establece que no pueden ser jurados los profesionales del derecho y entre estos se incluyen, además de los ya referidos, profesores universitarios de disciplinas jurídicas o de medicina legal. 

Junto a otras circunstancias, la norma establece que tampoco pueden ser jurado los condenados por un delito doloso que no hayan obtenido la rehabilitación y los procesados y acusados respecto de los cuales se haya acordado la apertura de juicio oral, o quienes estén detenidos o en prisión.

El sorteo, cada dos años

En cuanto a los requisitos para ser miembro de estos tribunales, algunos de ellos son ser español mayor de edad, saber leer y escribir, y residir en cualquiera de los municipios de la provincia donde se ha cometido el delito.

La ley del Tribunal del Jurado recoge que las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral deben realizar un sorteo por cada provincia en los 15 últimos días de septiembre de los años pares para establecer la lista bienal de candidatos a jurados. Así, Sánchez Zamorano detalla que el número de candidatos se obtiene de multiplicar por 50 el número de causas que se prevé que pueden surgir (en Córdoba, teniendo en cuenta la media de juicios, serían unos 250). 

Durante dos años, estos ciudadanos forman parte de una especie de bolsa "de la que por cada tribunal de jurado que se constituya se extraerán, a su vez, 36 candidatos por sorteo. De estos, y ya para constituir el jurado el día del juicio -una vez excluidos algunos candidatos por estimarse las excusas que presentaron- se sortean en audiencia pública y en presencia de las partes nueve titulares y dos suplentes", precisa el presidente de la Audiencia.  

Ventajas e inconvenientes 

Los profesionales de la justicia tienen opiniones a favor y en contra del jurado popular. Entre sus beneficios, algunas voces destacan la aproximación de los ciudadanos a la Administración de Justicia. El presidente de la Audiencia subraya que "el legislador, movido por la idea de cumplir el mandato constitucional para encauzar la participación del ciudadano en la Administración de Justicia, persiguió a la vez formar esa ‘escuela de ciudadanía’, según se consigna expresamente en la exposición de motivos de la ley". En esta línea, destaca que "esta es una de las principales ventajas. Y he tenido ocasión de comprobarlo cuando, cumplido el jurado su cometido, estos, fuertemente impresionados por la dificultad de su misión, me han manifestado su cambio radical y en positivo del concepto que antes tenían de los jueces y de la Justicia".

No obstante, también entiende que "este tipo de enjuiciamiento exige de grandes esfuerzos y de un derroche de tiempo y de medios materiales". Así, para un juicio que dura en torno a ocho o diez días es necesario destinar, aproximadamente, unos 6.000 euros, dado que hay que cubrir gastos como las dietas y el hotel de los jurados, e incluso su seguridad. Una vez que el jurado recibe el objeto del veredicto, se aísla hasta responder el cuestionario. Para realizar esta labor, con la que se determina la responsabilidad del acusado en los hechos que se le imputan, la Ciudad de la Justicia cuenta con dependencias en las que pueden trabajar y descansar. Si es necesario seguir al día siguiente, los jurados duermen en un hotel.  

Reducir las causas

El presidente de la Audiencia manifiesta que "después de 26 años, la institución se ha consolidado en el sistema judicial español y, con sus luces y sus sombras, funciona razonablemente bien". A pesar de esto, coincidiendo con otros profesionales, Sánchez Zamorano se muestra partidario de reducir los delitos que son competencia del tribunal del jurado, dejando a los tribunales profesionales aquellos que tienen una mayor complejidad jurídica y también los hechos de menor envergadura, como el allanamiento. 

Los más conocidos

La Audiencia provincial celebró su último juicio con tribunal del jurado a finales del pasado febrero. Tras la vista, el acusado ha sido hallado culpable de asesinar a un joven de 26 años en Cabra, asestándole una veintena de puñaladas en septiembre del 2019. Además de este caso, Córdoba recuerda entre los más destacados el juicio a José Bretón por el asesinato de sus hijos, Ruth y José, en el 2013 y el de Claudio Lavazza y el resto de los miembros de la banda de la nariz, acusados de la muerte de las policías locales María de los Ángeles García y Soledad Muñoz, en 1998. En ambos casos, el veredicto fue de culpabilidad. También fue hallado responsable de un delito de malversación el ex gerente del Consorcio de Bomberos, Antonio Navarrete, juzgado a finales del 2019.