Un hombre de 38 años, vecino de Málaga, tendrá acceso a una parte de una herencia cifrada en unos 15 millones de euros tras ser declarado hijo legítimo de un exmilitar que ahora tiene 92 años, tras demostrar que es el hijo de una mujer 30 años más joven que su padre con la que mantuvo una relación en los años 80.

Según se refleja en la sentencia y ha explicado a EFE el abogado del demandante, Fernando Osuna, el demandado es un exmilitar y empresario malagueño, que durante su vida castrense estuvo destinado en la provincia de Sevilla, y que generó un significativo patrimonio con la compraventa de inmuebles.

El militar mantuvo una relación, estando casado, con una joven 30 años menor que él, que se quedó embarazada, un asunto del que su hijo siempre estuvo informado, hasta que presentó una demanda judicial en la que una prueba de paternidad arrojó un resultado del 99% de coincidencia.

En el juicio se ha reclamado un porcentaje de la herencia que haría que recibiese en torno a 1,2 millones de euros, aunque Osuna sostiene que el ahora condenado llevó a cabo negocios jurídicos "en fraude de ley” en los que se desprendió prácticamente de todo su patrimonio tanto personal como empresarial, para “perjudicar o frustrar las expectativas hereditarias de su hijo no reconocido, habiendo intervenido en dichos negocios tanto la esposa del mismo, como sus hijos”.

Unos actos que se produjeron tras conocer la intención de su hijo biológico de presentar una demanda en reclamación de su verdadera filiación, tras una entrevista mantenida con sus hermanos de sangre.

Del mismo modo, el empresario realizó donaciones a sus hijos matrimoniales con valores muy altos, con lo que su hijo ya legítimo solicita en la demanda que se reintegren los bienes al patrimonio del padre para así poder recibir su parte de la herencia cuando fallezca el progenitor, “pues de lo contrario se quedaría sin heredar, dado que ya en vida el inmenso patrimonio lo tienen los hermanos adinerados”.

Ha recordado el abogado que los hijos, sin distinción entre matrimoniales o no, tienen derecho a la tercera parte del patrimonio del padre, en lo que se llama “la legítima”, de modo que son “herederos forzosos”.