Estos son 6 derechos que tienen los jubilados y que muy pocos conocen

Jubilados sentados en bancos

Jubilados sentados en bancos

Jubilarse tiene sus pros y sus contras. Aunque, normalmente, las personas que llevan muchos años trabajando suelen ver más cosas positivas que negativas. La jubilación es el paso a la inactividad laboral cuando se alcanza la edad legal para solicitarla. Si el trabajador acredita los requisitos necesarios, entre ellos la carrera de cotización requerida, pasará a ser beneficiario de una prestación contributiva por jubilación o pensión de jubilación.

A partir de ese momento, y gracias a la condición de pensionista, la persona contará con una serie de derechos y obligaciones que es importante conocer. En muchos casos, los pensionistas se olvidan o ni siquiera conocen algunos de sus derechos al estar en esta situación.

Derechos como jubilado

  • Percibir mensualmente la cuantía de la pensión en la modalidad de pago elegida. La persona podrá recibir catorce pagas anuales correspondientes a cada mes del año y dos extraordinarias en junio y noviembre.
  • Recibir asistencia sanitaria, en la que se incluye el pensionista y sus beneficiarios, así como atención farmacéutica gratuita. Respecto a la atención farmacéutica ambulatoria, el pensionista contribuirá con un porcentaje sobre el precio de venta al público, siempre con unos topes.
  • En sus desplazamientos, los pensionistas tienen derecho a recibir asistencia sanitaria mediante la presentación del DNI y tarjeta sanitaria en territorio nacional y con la tarjeta sanitaria europea en el Espacio Económico Europeo y Suiza.
  • Percibir prestaciones familiares, siempre que se reúnan los requisitos exigidos. En ellas están incluidas prestaciones por hijos menores de 18 años a cargo y que estén afectados por una minusvalía igual o superior al 65% (independientemente del nivel de ingresos) o por acoger menores de forma permanente o en estado de preadopción. En este último caso sí dependerá del nivel de ingresos del pensionista.
  • Disfrutar de los servicios complementarios de la Seguridad Social. Algunos de ellos son los centros orientados a la atención del pensionista, programas de vacaciones dirigidos a este colectivo o servicios de ayuda a domicilio.
  • Solicitar cualquier información requerida en relación a la condición de pensionista, así como pedir ciertos certificados respecto a esta misma condición, como el documento sobre retenciones en IRPF o por importe de la pensión.

Las obligaciones de los jubilados

Dentro de la condición de pensionista se enmarcan las obligaciones que estas personas deben cumplir. Cualquier variación que afecte a su situación existente cuando se reconoció la pensión, se debe comunicar en un plazo máximo de 30 días al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Estos son los casos:

Para todas las circunstancias:

  • Cambios de estado civil, nacimientos o defunciones.
  • Cambios de domicilio.
  • Inicio de actividades laborales.
  • Reconocimiento y/o cobro de otras pensiones, ya sean nacionales o extranjeras.

En caso de percibir complementos por mínimos:

  • Incrementos del nivel de rentas (propios o del cónyuge) que sean incompatibles con el cobro de estos complementos.
  • Inicio de actividades laborales del cónyuge.
  • Reconocimiento y/o cobro de otras pensiones, nacionales o extranjeras, por parte del cónyuge.