Tribunales
Un juzgado de Santander reconoce el derecho a teletrabajar de una teleoperadora que cambió de CCAA durante la pandemia
Se trasladó de Cantabria a La Rioja, donde su marido encontró trabajo y su hijo colegio, y la empresa le denegó seguir teletrabajando
EP
El Juzgado de lo Social Número 3 de Santander ha reconocido el derecho a teletrabajar de una teleoperadora de la compañía Digitex Informática, con sede en Camargo, que durante la pandemia cambió su residencia de Cantabria a La Rioja, donde su marido encontró trabajo y su hijo colegio.
Según explica la sentencia, remitida por el sindicato USO y consultada por Europa Press, la demandante comenzó a trabajar para esa empresa en agosto de 2006.
Con motivo de la pandemia, la empresa adoptó de "modo excepcional" el teletrabajo, fórmula que la trabajadora adoptó desde noviembre de 2020. En septiembre de 2022 la empresa le comunicó que debía volver a trabajar presencialmente.
Ante este requerimiento, y dado que se había trasladado de lugar de residencia a otra comunidad autónoma, la trabajadora propuso a la compañía continuar teletrabajando pero ésta se lo denegó, al considerar que su petición "no es compatible con las necesidades organizativas y productivas de la empresa".
Tras ello, la teleoperadora demandó a Digitex, siendo asistida por el sindicato USO y, con la dirección letrada de Ignacio Fernández, acudió a los tribunales "al entender que la ponderación entre el perjuicio ocasionado a la empresa y el beneficio de la trabajadora hacía aconsejable una mediada favorable de conciliación laboral y por tanto de permanencia en modo no presencial, tal y como venía haciendo durante la pandemia".
Tras el juicio, en el que la empresa no compareció, el magistrado, en su sentencia, contra la que no cabe recurso, manifiesta que "se ha demostrado la necesidad de la trabajadora de teletrabajar, no solo por la ausencia de la empresa, sino porque la actora (la trabajadora) reside en La Rioja, su marido también y el niño lo mismo. Además, la actividad que desempeña la trabajadora permite el teletrabajo".
La sentencia constata la ausencia de periodo de negociación, preceptivo en este tipo de situaciones, ya que la empresa se limitó a denegar la solicitud de permanencia en modo no presencial.
- La Guardia Civil lanza una nueva alerta sobre lo que está ocurriendo con Vinted y Wallapop
- Un catarro impide navegar al rey emérito, que vuela a Zaragoza, donde estudia su nieta Leonor
- Defensa ordenó la repatriación de Álex desde Tailandia en contra del criterio establecido por Exteriores
- RTVE suspende la promoción de 'Supernanny' tras recibir varias cartas pidiendo su cancelación
- Ni verde ni violeta: este es el 'color' de ojos más raro del mundo (y su por qué)
- PP, Junts, Vox y PNV votan a favor de sacar al lobo del sistema protección de especies
- Los cinco libros que debes leer alguna vez en tu vida según Harvard
- Wegovy, nuevo fármaco para control de peso, estará disponible en España a partir de mayo