COMUNICADO
El aviso del Banco de España acerca de los recibos domiciliados de luz y agua
La devolución de un recibo de luz, agua o gas debe realizarse en un plazo marcado y especificando el motivo si es necesario
La domiciliación bancaria de los recibos de la luz, el agua o el gas es una práctica muy habitual en los hogares españoles. En alguna ocasión y por cualquier imprevisto que pueda surgir, los usuarios con domiciliación en vigor se ven obligados a devolver algún recibo a las compañías. Para no tener problemas con esta devolución de las facturas, el Banco de España ha lanzado un aviso a todos los clientes que pagan sus recibos a través de su banco.
El comunicado emitido en su blog no ha tardado en ganar mucha repercusión. Por ejemplo, este texto recuerda que la normativa bancaria contempla el derecho de los usuarios a "ordenar la devolución de los recibos o adeudos domiciliarios que la entidad tiene que atender".
El plazo para la devolución de los recibos oscila entre las ocho semanas y los treces meses, dependiendo de si los cargos se encontraban o no autorizados previamente.
Aunque se trata de uno de los principales derechos del cliente, el Banco de España ha vuelto a remarcar que la devolución de los recibos puede acarrear "algunos problemas posteriores".
Explicar el motivo
Por ejemplo, algunas personas solicitan la devolución de una factura porque la compañía se ha equivocado a la hora de enviarla o porque dicha familia necesita urgentemente liquidez en el banco. "Si realmente no explicas el motivo por el que estás devolviendo el recibo, se corre el riesgo de que la empresa de luz, agua o gas piense que ya no estás interesado en su servicio y lo cancele", avisan desde el Banco de España.
También existen situaciones de recibos devueltos que pertenecen a la Seguridad Social o Agencia Tributaria por lo que la "devolución generará recargos o pérdidas de bonificaciones (subvenciones) tanto del recibo devuelto como de los siguientes todavía por emitir".
Todos los futuribles problemas que puedan surgir fruto de una simple devolución de un recibo no correspondido pueden solucionarse con antelación según las propias palabras del Banco de España. Para ello deberá asignarse "la clave específica de devolución correcta", para lo que en caso de no conocerla siempre podrá recurrir a la ayuda de su propia entidad bancaria.
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