¿Hay que declarar la tradicional cesta de empresa por Navidad?

Muchos trabajadores reciben en estas fechas la cesta de Navidad con dulces típicos de estas fechas

Una imagen de archivo de una cesta de Navidad

Una imagen de archivo de una cesta de Navidad / PIXABAY

Hubo un tiempo donde tener cesta de Navidad de empresa era una de esas tradiciones casi incontestables en las primeras semanas de diciembre. Un obsequio muy bien recibido que incluía un nutrido surtido de turrones, polvorones, botellas de alcohol, embutidos y, los más afortunados, alguna paletilla de jamón.

Una costumbre que comenzó a venirse abajo con la crisis de 2008, en un contexto de vacas flacas y en medio de la quiebra de empresas o, cuanto menos, dificultades económicas que obligaron a las direcciones de las compañías a pensárselo dos veces en un contexto de ajuste de cinturón financiero.

Un camino que no estuvo (ni está) exento de batalla judicial al encontrar interpretaciones que defendían que estábamos ante un derecho adquirido y, por tanto, no se podía terminar así como así con la preciada cesta. En esto sirve la frase aquella que dice que cada caso es un mundo.

Con el trascurso del tiempo hay trabajadores que la han mantenido y otros, aunque los menos, que la han podido disfrutar por primera vez. La duda que puede asaltar es si debe incluirse en la declaración de la renta.

¿Hay que declarar la cesta de Navidad?

La respuesta sencilla es que sí, deben declararse a la Agencia Tributaria. Desde el punto de vista de la empresa, este tipo de cestas u obsequios navideños deben incluirse en la nómina de los trabajadores al ser considerado como una retribución en especie y, por tanto, engrosar los rendimientos del trabajo del empleado.

A consecuencia, también se le deberá aplicar una retención de IRPF, en función del tramo salarial del trabajador. El valor de la cesta se incluye en la base de cotización.

¿Qué verá el trabajador? Paradójicamente, el empleado observará como la nómina de ese mes es inferior a lo habitual. El motivo es que se le descontará el importe de esta cesta navideña. Lo que sí deberá asegurarse es que se incluya ese concepto en la nómina y en el certificado de ingresos y retenciones para hacer la declaración de la renta del año correspondiente para tener todo debidamente aplicado.

Esto es la manera en la que debería hacerse, pero no por ello siempre es la norma. No es extraño que las empresas incluyan este concepto en la nómina correspondiente de manera separada y, por el contrario, lo contabilizan como un gasto de personal añadido sin mayor detalle.

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