Habla la DGT: estos tres despistes con tu carné de conducir son muy comunes y te pueden salir más que caros (incluso cárcel)

La Dirección General de Tráfico ha avisado de tres cosas que pueden suceder y que constituyen infracciones graves

Imagen de archivo de patrullas de la Guardia Civil de Tráfico.

Imagen de archivo de patrullas de la Guardia Civil de Tráfico. / Pilar Cortés

Manuel Riu

La Dirección General de Tráfico (DGT) es a la vez respetada y temida. Respetada por su labor, la de preservar vidas y evitar tragedias en las carreteras. Y temida por las sanciones de sus normas, que pueden salir caras. Muy caras.

Un despiste o, peor aún, una infracción a sabiendas puede suponer que la cartera de un conductor tiemble. Y también los puntos de su permiso de conducir. Es por eso que hay que andar siempre ojo avizor.

La propia DGT lo ha advertido: "Infracciones que te pueden salir caras. Ya sea por despiste o desinformación, todavía hay miles de conductores/as que siguen incumpliendo las normas de conducción". Con ello, la autoridad quiere dejar patente que el desconocimiento de la norma nunca exime de su cumplimiento, y por eso hay que estar informados. Estas son las infracciones a las que hace referencia la DGT:

1. Multa de 500 euros por conducir sin puntos

Este punto tiene su miga. La propia DGT informa que quedarse sin puntos en el carnet de conducir no impide de forma directa circular. Pero hay letra pequeña. Por ello, resulta tremendamente importante que el conductor conozca estos procedimientos en el caso de que ya no le queden puntos en su permiso de conducir.

En primer lugar, la multa si la Guardia Civil te identifica y no tienes puntos en el carnet será de unos 500 euros. Pero, ojo, porque los problemas no se quedan ahí. Se trata, además, de un delito contra la Seguridad Vial, lo cual significa una infracción del pago diario de una multa durante 12 o 24 meses. Este tipo de castigos suelen rondar los 1.500 o 2.000 euros totales.

Y hay más: podrías ser sancionado con trabajos comunitarios entre 31 y 90 días o, incluso, con penas de cárcel desde los 3 a 6 meses. Sin embargo, quedarte sin puntos no significa que automáticamente dejes de circular. Primero, la DGT envía una notificación en la que te avisa de la conocida como ‘pérdida de vigencia’ y tendrás 10 días desde que la recibes para mostrar alegaciones. Hasta que no recibas una respuesta podrás seguir conduciendo, pero una vez te llegue ya nadie te salvará. En este sentido, los expertos aconsejan llevar consigo una copia del recurso realizado para evitar la sanción económica.

2. Multa de 200 euros y cárcel por conducir con el carnet de conducir caducado

Otra multa importante puede llegar por circular con el carnet caducado. Esto mismo también se considera un delito contra la Seguridad Vial, más concretamente en el artículo 384.

La Guardia Civil no tendrá miramientos y no importará el tiempo por el que se haya caducado el permiso de conducción. En este caso, la multa es de unos 200 euros y puede suponer pena de cárcel o trabajos comunitarios.

Y otro punto a considerar es que si un conductor sufre en estas circunstancias un accidente de tráfico, la compañía aseguradora puede negarse a cubrir los gastos si el permiso de conducir está caducado. En definitiva, es importantísimo estar atentos a la fecha de caducidad del carné.

3. Multa de 100 euros por dejarte el carnet de conducir en casa

Y cuidado con este despiste. La última infracción que la DGT señala supuso sanciones para 1.036 personas. Es la infracción que se comete si un conductor se deja el carnet de conducir en casa.

Sin embargo, es una multa menos costosa, ya que supone unos 100 euros y tampoco hay retirada de puntos del carnet. Sin embargo, se trata de algo completamente evitable y fácil de evitar.

Y hay un apunte importante: lo mejor es llevar el permiso de conducir en formato físico siempre encima. ¿Por qué? Si, por falta de cobertura o lo que sea, el carné digital no se puede mostrar, estarás en un aprieto.

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