Tribunales
El Supremo no revisará la condena de la expolicía Rosa Peral tras la confesión de su expareja
El tribunal entiende que el reconocimiento de los hechos, realizados en el proceso de reinserción y necesario para acceder a beneficios penitenciarios, no añade nada a los hechos que la sentencia consideró probados

El Supremo rechaza que se revise la condena de Rosa Peral tras la confesión de su expareja
El Periódico
El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de la exagente de la Guardia Urbana de Barcelona Rosa Peral de revisar su condena a 25 años de cárcel por el llamado crimen de la Guardia Urbana, después de que su expareja y coautor de los hechos, Albert López, reconociese su participación en el asesinato.
En un auto, ponencia del magistrado Manuel Marchena, el alto tribunal deniega la autorización solicitada por la defensa de la expolicía para interponer recurso de revisión a su condena. El juez entiende que la confesión de López no añade nada a los hechos que la sentencia consideró probados.
Ambos exagentes de la Guardia Urbana de Barcelona, Rosa Peral y Albert López, fueron condenados a 25 y 20 años de prisión, respectivamente, en 2020 por haber asesinado en 2017 a la pareja de ella, Pedro R., también miembro de este cuerpo policial y con el que habían protagonizado un complejo triángulo amoroso.
Inserción
En abril del año pasado, en el marco del proceso de reinserción que sigue en prisión y necesario para acceder a beneficios y permisos penitenciarios, López admitió haber cometido el asesinato de Pedro R., y Rosa Peral consideró que esta confesión podría ser determinante para revisar su condena.
No piensa así, sin embargo, el Supremo, que considera que el reconocimiento del coacusado no exculpa a Peral: "Mantiene, como hizo durante todo el proceso, que ella intervino en todas las fases de la ejecución delictiva".
La Sala subraya el contexto en el que Albert López reconoció su responsabilidad en los hechos ante la administración penitenciaria, tras un dilatado periodo en prisión y ahora en régimen de segundo grado, "como requisito importante para poder comenzar a obtener beneficios penitenciarios o pasos progresivos en su tratamiento penitenciario".
Ningún cambio
El tribunal rechaza la falta de concreción de la autoría de los hechos que alega la defensa de Peral y destaca que el hecho probado "refleja con claridad la participación conjunta de ambos".
Para el Supremo, en definitiva, no hay nada nuevo para autorizar la revisión de condena: lo que el jurado declaró probado –y avaló tanto el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya como el Supremo– "no se ve, en modo alguno, neutralizado por la declaración vertida ante el órgano administrativo a quien compete otorgar los primeros permisos penitenciarios de Albert López".
El reconocimiento de su participación en el crimen, "justificado años después de su ejecución por la necesidad de demostrar su reencuentro con el ordenamiento jurídico violentado por su acción, no afecta en absoluto a Rosa Peral", ya que "no encierra un hecho nuevo" que justificase revisar su condena, añade.
El auto también apunta a que la responsabilidad criminal de la exagente ha sido declarada a partir de "más que sólidos fundamentos probatorios que descartan la necesidad de abrir un juicio rescisorio con el fin de absolver a la solicitante o, en su caso, aminorar la duración de la pena en su día impuesta".
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