Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: la empresa no puede exigirte estar disponible ni trabajar fuera de tu horario
La legislación actual protege el derecho a la desconexión digital de los trabajadores

El Periódico de Aragón
La tecnología se ha convertido en un aliado indispensable que permite agilizar procesos y ser más eficiente en numerosas profesiones. En España, el teletrabajo se disparó tras la pandemia y actualmente casi el 15% de los ocupados teletrabaja regularmente. Sin embargo, la conexión constante a través de móviles y correos puede convertirse en un arma de doble filo cuando se contacta a los trabajadores fuera de su horario laboral, algo que la ley prohíbe expresamente.
La legislación laboral española establece que la duración de la jornada laboral no puede superar las 40 horas semanales de media, pudiendo ser menor si así lo establece un convenio o contrato. Además, es obligatorio registrar la hora de entrada y salida, no para sancionar al trabajador si sale unos minutos antes, sino para controlar el cumplimiento de la jornada. Fuera de ese horario, el trabajador no está obligado a estar disponible ni a trabajar.
Esto es último es lo que se conoce como derecho a la desconexión. En España, el Estatuto de los Trabajadores incluye la obligación de garantizar este derecho en su Artículo 20, dentro del apartado de igualdad y salud laboral, tras la reforma derivada del Real Decreto-ley 8/2019.

En España, en torno al 15% de las personas ocupadas teletrabajan regularmente. / MANU MITRU
Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre la desconexión digital
En concreto, el Artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores regula el derecho a la intimidad en el entorno digital y la desconexión digital, estableciendo que los trabajadores tienen derecho a no estar localizables fuera de su horario laboral, salvo que exista una causa justificada.
Esto incluye situaciones como no contestar llamadas, correos electrónicos u otras formas de comunicación laboral. El objetivo de esta medida es proteger la salud física y mental, evitando el estrés o la sobrecarga de estar permanentemente conectados.
Obligaciones de las empresas
La ley también contempla obligaciones para las empresas, de modo que:
- La empresa debe implantar políticas internas que regulen la utilización de medios digitales, como el correo electrónico o el teléfono de trabajo.
- Estas políticas deben garantizar el respeto al descanso, permisos y vacaciones de los empleados.
- La regulación suele establecer horarios claros de desconexión, protocolos de comunicación urgente y responsabilidades del personal.

La medida pretende proteger la salud y el bienestar de los trabajadores por el estrés de estar siempre conectados. / FP
Si no se cumple, se puede reclamar
El derecho a la desconexión digital no es simplemente una sugerencia, es un derecho protegido legalmente. Si la empresa no lo respeta, el trabajador puede reclamar vía laboral o ante la Inspección de Trabajo.
En resumen, el Estatuto de los Trabajadores reconoce que el trabajo no puede invadir la vida personal fuera del horario laboral, y obliga a las empresas a crear mecanismos para garantizar este derecho.
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