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Confirmado por la Ley de Propiedad Horizontal: puedes construir un trastero en tu plaza de garaje en estos casos

Esta decisión puede causar malentendidos dentro de las comunidades de vecinos

Una plaza de garaje en una imagen de archivo

Una plaza de garaje en una imagen de archivo / Tucasa.com

La convivencia en una comunidad de vecinos está permanente sujeta a que no aparezcan tensiones o a que, en el caso de que se den -que es lo más frecuente-, se logre alcanzar consensos de buena fe y la sangre no llegue al río. Hay multitud de cuestiones que pueden generar rencillas y una de ellas es la utilización de la plaza de garaje por parte de su propietario.

Generalmente pensamos en el supuesto de que sea un único vehículo el que estacione en ese espacio, pero, ¿qué pasa si hay más de uno? ¿Y si decides construir un trastero? La respuesta está en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Hay que partir de la base de que las plazas de garaje está bajo propiedad de un vecino concreto, es un elemento privativo, es decir, no forma parte de los elementos comunes del conjunto de vecinos como son otros espacios como el portal, escaleras o la piscina. Según este principio, puede darle el uso que estime oportuno, pero también hay límites. El fundamental es que no invada el ámbito de otro vecino o esos lugares comunes.

Posibilidad, pero con excepciones

Si no se da ese supuesto, según el artículo 3 a de la LPH, puede acometer en su espacio, en este caso el garaje, las actuaciones que considere siempre que no afecte a nadie más y no altere la seguridad o estructura y no provoque actividades molestas, insalubres o peligrosas. También hay que tener en cuenta que los estatutos de la Comunidad no establezcan ninguna salvedad.

La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: la comunidad de vecinos puede entrar a tu casa

Un propietarios sujeta las llaves de una vivienda / PIXABAY

Teniendo todo esto claro, en realidad no hay ningún obstáculo legal para que un vecino decida hacer un pequeño trastero en su plaza de garaje o, como es más habitual, poner al fondo un pequeño armario, siempre y cuando no perjudique ni afecte a la movilidad o capacidad de maniobrar al resto de vecinos.

Sí hay que tener en cuenta que la cobertura del seguro podría verse condicionada. Y es que pueden darse casos de que la póliza solo contemple el estacionamiento de un único vehículo por plaza, por lo que no cubriría un daño o robo en un segundo automóvil u otros elementos como el citado armario.

Los abogados y administradores de fincas recomiendan no obstante, seguir unas sencillas recomendaciones para evitar malentendidos y limar cualquier aspereza que pudiera parecer.

  • Consultar los estatutos de la comunidad
  • Informar al resto de vecinos en una junta
  • Comprobar la póliza del seguro
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