La DGT lo confirma: hacer un caballito con tu bicicleta en Zaragoza puede conllevar multas de hasta 500 euros
Tanto la Dirección General de Tráfico, como el Ayuntamiento de Zaragoza, en su Ordenanza Urbana de Movilidad, prohíben expresamente "arrancar o circular" con una sola rueda

La DGT lo confirma: hacer un 'caballito' con tu bicicleta puede conllevar multas de hasta 500 euros en Zaragoza. / El Periódico de Aragón
Hacer un caballito con la bicicleta —levantar la rueda delantera y circular unos metros apoyado solo en la trasera— o cualquier otra pirueta similar en plena vía pública no es una simple gamberrada: está prohibido y puede terminar en sanción. Tanto la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) como la regulación municipal, lo encuadran dentro de conductas de riesgo, al tratarse de maniobras que reducen el control del vehículo y aumentan la probabilidad de accidente, especialmente en entornos urbanos con peatones, cruces y circulación compartida.
En el caso de Zaragoza, además, la prohibición aparece de forma expresa en la Ordenanza de Movilidad Urbana. Concretamente, el artículo 50 establece que “queda expresamente prohibido a quienes conduzcan ciclos o bicicletas arrancar o circular con el vehículo apoyando una sola rueda”, una redacción que no deja lugar a dudas. Es decir, no se trata solo de una recomendación, sino que el consistorio lo tipifica como una conducta sancionable tanto si se circula por carril bici como por calzada, parques o zonas verdes. La norma busca evitar situaciones de riesgo en espacios donde conviven distintos usuarios, como peatones, menores, patinetes, bicicletas y coches, y donde un gesto imprudente puede tener consecuencias graves.
La maniobra del caballito se considera conducción imprudente o temeraria, ya que el ciclista no tiene el control total del vehículo y pone en riesgo su seguridad y la de los peatones u otros conductores. Por eso, las multas pueden oscilar entre 200 y 500 euros. Asimismo, si la maniobra deriva en un accidente, se realiza en un punto especialmente sensible (pasos de peatones, zonas escolares, aglomeraciones) o hay reincidencia, las consecuencias pueden ser más graves, incluyendo responsabilidades civiles o incluso penales si se causan daños.

Para bicicletas y patinetes eléctricos es necesario disponer de seguro para circular. / El Periódico de Aragón
Otras conductas sancionables en bicicleta
Además del caballito, existen comportamientos habituales que también pueden conllevar multas cuando se circula en bici:
- Ir sin manos: soltar el manillar intencionadamente y de forma temeraria se considera una conducción peligrosa. Aumenta el riesgo de caída y reduce la capacidad de reacción ante un obstáculo, un giro o una frenada de emergencia.
- Circular por la acera: en general, la bicicleta debe circular por la calzada, carriles bici u otras vías habilitadas. Ir por aceras o zonas peatonales suele estar prohibido y puede sancionarse con multas de hasta 200 euros, además del riesgo evidente para peatones, niños o personas mayores.
- Uso de auriculares: circular con auriculares conectados está totalmente prohibido, porque reduce la percepción del entorno (timbres, avisos, sirenas, frenadas). La sanción habitual es de 200 euros.
- Uso del móvil: manipular el teléfono mientras se pedalea —aunque sea para mirar un mensaje o cambiar una canción— implica distracción y pérdida de control. También conlleva una multa de 200 euros.
Con todo, cabe recordar que la bicicleta, aunque sea un medio de transporte ligero, está sujeta a normas de circulación. Circular de forma previsible, señalizar maniobras y evitar acciones que sorprendan al resto de usuarios o supongan un riesgo es clave para la seguridad vial.
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