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Adiós a poner macetas en la puerta de tu casa: la Ley de Propiedad Horizontal lo deja claro

Adiós a poner macetas en la puerta de tu casa: la Ley de Propiedad Horizontal lo deja claro

Adiós a poner macetas en la puerta de tu casa: la Ley de Propiedad Horizontal lo deja claro / PIXABAY

Muchos vecinos tienen la costumbre de colocar macetas o plantas en la puerta de sus domicilios para decorar el rellano y hacerlo más acogedor. Aunque pueda parecer una acción que pase desapercibida para la legislación en España, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) deja claro que la comunidad de vecinos puede prohibirlo si altera la estética del edificio o afecta a las zonas comunes del edificio.

La ley establece una serie de límites sobre lo que cada propietario puede hacer fuera de su vivienda. Esto influye directamente en otros elementos que solemos dejar fuera de nuestro domicilio como zapatos, carritos de bebé o bicicletas. Los pasillos, escaleras, rellanos o zonas compartidas se consideran parte de las conocidas como zonas comunes de los edificios. Estos espacios, que pertenecen a todos los vecinos, deben mantenerse despejados para garantizar una buena convivencia entre todos los inquilinos.

Qué dice la normativa

La Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 7.1 establece que el propietario de la vivienda "podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios" dentro de su vivienda, siempre que no perjudique la seguridad del inmueble o la estructura. A pesar de esto, añade de manera expresa que "en el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna".

Esto quiere decir que las zonas comunes de los edificios como rellanos, pasillos o portales son considerados elementos comunes y no pueden decorarse sin el permiso del resto de propietarios. A la hora de alterar con cualquier elemento decorativo del rellano, es imprescindible consultar los estatuos de la comunidad. Si estos no especifan nada sobre el tema, se debe solicitar la aprobación en la junta de propietarios.

El artículo 17 de la LPH habla de que este tipo de decisiones se aprueban habitualmente por mayoría simple. En caso de no alcanzar el permiso, la comunidad tienen el poder de retirar los objetos situados en las zonas comunes. Las macetas no pueden dificultar la limpieza de las zonas comunes ni entorpecer el paso de otros vecinos. Si se considera que afectan a la convivencia o a la estética del edificio, la comunidad puede actuar para eliminarlas.

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