Adiós a la costumbre más repetida en España al volver de la piscina: la Ley de Propiedad Horizontal lo deja claro
Las comunidad de propietarios pueden regular esta práctica estival si afecta a la fachada o causa molestias a los vecinos

Toallas colgadas al sol en los balcones de las habitaciones de un hotel en Mallorca. / EP
Con la llegada del calor, los balcones y terrazas de media España se llenan de bañadores, toallas y ropa de piscina. Pero lo que muchos vecinos ven como una costumbre normal de verano, algo que se ha hecho "toda la vida", puede convertirse en un conflicto comunitario si afecta a la fachada, gotea sobre otros pisos o está prohibido por las normas internas de la comunidad.
Tender una toalla en la barandilla después de bajar a la piscina parece un gesto sin importancia. Se hace rápido, se seca antes y evita llenar el interior de la vivienda de humedad. Sin embargo, en muchas comunidades de propietarios este hábito puede estar limitado o directamente prohibido, especialmente cuando la barandilla forma parte de la fachada visible del edificio.
La Ley de Propiedad Horizontal no contiene un artículo específico que diga “está prohibido tender toallas en el balcón”. Esa es la primera idea importante. No existe una prohibición estatal general para todos los edificios de España. Lo que sí permite la ley es que las comunidades regulen la convivencia y el uso de los elementos comunes mediante normas de régimen interior, siempre dentro de la ley y de los estatutos. Así lo recoge el artículo 6 de la LPH, que permite fijar normas para regular “los detalles de la convivencia” y la utilización adecuada de servicios y cosas comunes.

Unos niños jugando en la piscina del apartamento de la playa. / EL PERIÓDICO
La barandilla no siempre es “solo tuya”
El problema aparece porque el balcón o la terraza pueden ser de uso privativo, pero la fachada, la barandilla exterior o la imagen del edificio suelen tener consideración comunitaria. Por eso, una comunidad puede aprobar criterios para mantener una estética uniforme: no colgar ropa hacia la calle, no colocar lonas improvisadas, no tender toallas en la barandilla o usar únicamente tendederos interiores.
La LPH también obliga a cada propietario a respetar los elementos comunes, incluso cuando sean de uso privativo, y a hacer un uso adecuado de ellos evitando daños o desperfectos. Además, exige actuar con diligencia en el uso del inmueble y en la relación con el resto de titulares.
En la práctica, esto significa que no es lo mismo secar una toalla dentro de una terraza, en un tendedero discreto, que colgarla sobre la barandilla exterior durante horas, visible desde la calle y con riesgo de que gotee sobre el vecino de abajo. La primera conducta puede ser perfectamente tolerada, mientras que la segunda puede chocar con estatutos, normas internas u ordenanzas municipales.
El goteo, la estética y las molestias: los tres puntos clave
Las comunidades que prohíben tender toallas en la barandilla suelen apoyarse en tres motivos. El primero es la estética del edificio, especialmente en urbanizaciones, bloques de costa, edificios turísticos o fachadas principales. El segundo es la seguridad, porque una toalla mal colocada puede caer a la vía pública o a una terraza inferior. El tercero son las molestias, sobre todo cuando la prenda mojada gotea sobre toldos, ventanas, ropa o mobiliario de otros vecinos.

Esta práctica estival es muy habitual en apartamentos de playa y comunidades con piscina. / EFE / MANUEAL BRUQUE
Si la conducta es puntual, lo habitual es que quede en un aviso del presidente o del administrador. Pero si se repite todos los días, genera quejas o incumple una norma ya aprobada, la comunidad puede requerir al vecino para que deje de hacerlo. El artículo 7 de la LPH permite actuar contra actividades prohibidas por los estatutos, dañosas para la finca o contrarias a normas generales sobre actividades molestas.
Las ordenanzas municipales también pueden entrar en juego
Además de las normas de la comunidad, hay que mirar la normativa municipal. Algunos ayuntamientos regulan la ropa tendida visible desde la calle por motivos de estética urbana, especialmente en centros históricos, zonas turísticas o fachadas principales.
Un ejemplo reciente es Lorca (Murcia), donde se ha endurecido la ordenanza municipal para proteger la imagen urbana y se contemplan sanciones por tender ropa en barandas de balcones o instalar tendederos visibles en fachada principal, con multas que pueden llegar hasta 1.500 euros en los casos más graves.
También Torremolinos (Málada) ha regulado la ropa tendida visible desde determinadas calles, aunque con una diferencia importante: la limitación se vincula a que el edificio tenga alternativas como patio, azotea, lavadero o solución de tendedero no visible. El propio ayuntamiento lo enmarca como una cuestión de estética urbana.

Una azotea en una imagen de archivo. / PEXELS
¿Puede multarte directamente la comunidad?
La comunidad no puede inventarse una multa sin base legal o estatutaria como si fuera un ayuntamiento. Lo que sí puede hacer es aprobar normas internas, advertir al vecino, requerirle para que cese la conducta y, si hay incumplimientos reiterados o daños, reclamar por las vías correspondientes.
Por eso, antes de discutir en el grupo de WhatsApp, conviene revisar los estatutos de la comunidad, las normas de régimen interior y las actas donde se hayan aprobado acuerdos sobre fachadas, balcones, toldos o tendido de ropa. Si ahí consta una prohibición clara, tender toallas en la barandilla puede ser un incumplimiento comunitario aunque el vecino alegue que “solo es un rato”.
La situación cambia si no existe ninguna norma, no hay ordenanza municipal aplicable, la toalla no se ve desde la vía pública, no gotea y no causa molestias. En ese caso, prohibir de golpe cualquier uso razonable de la terraza puede ser más discutible. Las comunidades pueden ordenar la convivencia, pero sus acuerdos deben respetar la ley, los estatutos y los derechos de los propietarios.
La costumbre de verano que conviene revisar
El mejor consejo antes de colgar la toalla en la barandilla es sencillo: comprobar si la comunidad tiene normas sobre la fachada y usar, siempre que sea posible, un tendedero interior, plegable o colocado de forma que no sobresalga ni gotee. Es una solución pequeña que evita grandes discusiones.
Porque en verano, lo que empieza con una toalla mojada puede terminar en una junta extraordinaria, un aviso del administrador o una pelea vecinal. Y aunque la Ley de Propiedad Horizontal no prohíba expresamente tender toallas en la barandilla, sí permite que la comunidad regule esa costumbre cuando afecta a la convivencia, a los elementos comunes o a la imagen del edificio.
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