Desde que ingresó en la residencia Lontananza, por intervención de los Servicios Sociales del Gobierno de Aragón, como consecuencia del deterioro cognitivo severo, permanente y progresivo que sufría, su hijo no fue nunca a visitarle. Tampoco conversaban por teléfono, puesto que la víctima sufrió un ictus que le impedía hablar. Pese a ello, el vástago no dudó en contratar una línea telefónica y de internet a nombre de su padre. Unos hechos por los que acaba de ser condenado por un delito de estafa a un año de prisión.

Todo se remonta a una denuncia interpuesta por el propio gerente del centro en el que la víctima estaba internada. Según señala la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Zaragoza, el hombre haciéndose pasar por su padre, sin conocimiento ni consentimiento de este, facilitando el DNI de su padre y el número de cuenta bancaria en que cargar los gastos, de forma que a consecuencia de los hechos, se cargó en la cuenta de la víctima la cantidad total de 460,61 euros, por el periodo comprendido entre el 31 de marzo y el 7 de agosto del 2017. En mayo se le había declarado la incapacidad total.

Destaca la jueza que el acusado reconoció en el juicio «que contrató la línea de teléfono a nombre de su padre, que se hizo pasar por su padre, que aportó su DNI y que los gastos se cargaban en la cuenta de su padre». Lo hizo, según él, «porque su cuenta la tenía embargada» y que además era «más barato poner la línea de teléfono a nombre de su padre», «que indicó que la línea era de su padre y así obtuvo mejor precio» y que «no podía dar su cuenta porque estaba en la lista de morosos».

Aseguró también que lo hizo con el consentimiento de su padre, versión que quedó desvirtuada por la testifical del responsable de la residencia y de que estaba ya incapacitado.

La situación clínica de la víctima y que nadie atendía sus cuidados justificó la intervención de asuntos sociales en cuyo informe afirmó que este hombre presentaba una dependencia total unida a inexistente atención y cuidados, escasos recursos económicos y aislamiento social. La sentencia no es firme y ha sido recurrida por el abogado defensor, Alberto Peiró.