El Tribunal Supremo ha impuesto una pena de 24 años de prisión, un año menos que la Audiencia de Huesca, a Mamadou Diagne que mató a Rokahya, su pareja, en Monzón en noviembre de 2018. La elevada pena responde a la apreciación conjunta de las agravantes de alevosía, parentesco y género. La compatibilidad de estas dos últimas ya es doctrina consolidada de la sala.

Sin embargo, excluye el ensañamiento que había sido apreciado por el jurado y el tribunal de apelación reiterando el criterio legal conforme al cual esa agravante exige que se demuestre tanto padecimientos o sufrimientos especialmente singulares en la víctima, como un ánimo especial en el autor de crueldad, de buscar un plus de sufrimiento del que es connatural a una agresión homicida.

En este caso, los forenses que practicaron la autopsia determinaron que no había datos para ligar a las 84 puñaladas ese sufrimiento especial por la probable pérdida de consciencia de la víctima.

Por otra parte, pese a existir informes que avalaban un estado en el acusado de disminución de su imputabilidad, se rechaza esa eventual causa de atenuación por no ser unánimes las conclusiones.

La víctima no pudo defenderse del ataque sorpresivo. Se cebó con ella, cosiéndola a puñaladas hasta que se desangró sobre el suelo de la habitación de una de las hijas menores, quienes acabaron pidiendo ayuda a unos vecinos. En el 2013 le denunció por malos tratos pero la acabó retirando.