Los presuntos abusos de un abuelo a su nieto de nueve años, destapados en marzo de 2016 en Torrent, no son motivo de juicio hoy, sino el móvil de un supuesto homicidio. Lo que juzga un jurado popular es la paliza que propinó el padre del menor a su progenitor al descubrir los tocamientos y otros actos de índole sexual a los que sometía al pequeño y si la muerte de éste, cuatro meses después de la agresión, fue como consecuencia de los golpes o por las patologías previas del septuagenario.

El Ministerio Fiscal solicita para el acusado, hijo del fallecido y padre del menor que presuntamente sufría los abusos sexuales, una pena de nueve años de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa, al entender que sí que tenía la intención de acabar con la vida de su progenitor, o al menos aceptando la posibilidad de que debido a la intensidad de los golpes propinados éste podía ser el resultado, y que el ataque se produjo sin que la víctima tuviera posibilidad alguna de defenderse debido a su edad y su delicado estado de salud. Eso sí, lo califica de tentativa de asesinato ya que no atribuye la posterior muerte del anciano a la propia paliza, por la que estuvo hospitalizado 54 días, 41 de ellos en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).

Asimismo, el fiscal aprecia dos circunstancias atenuantes, la confesión y el arrebato. La primera porque fue el propio acusado quien se presentó voluntariamente en la comisaría de Torrent apenas veinte minutos después de la paliza y confesó a dos agentes de la Policía Nacional lo que acababa de ocurrir. Y la circunstancia de arrebato ya que, según mantiene la Fiscalía, “en el momento de los hechos el acusado tenía sus facultades cognitivas y volitivas levemente alteradas a causa de la situación de estrés generada por lo hechos que le acababa de contar su hijo”, que su abuelo llevaba tiempo abusando sexualmente de él.

Los hechos ocurrieron sobre las 20.30 horas del 2 de marzo de 2016 cuando Santiago C. R. acudió al domicilio de su padre, de 74 años, en la calle María Auxiliadora de Torrent, al descubrir que éste presuntamente abusaba sexualmente de su nieto e hijo del acusado, de solo nueve años de edad.

Una vez en la vivienda, entró en el salón en el que estaba su progenitor y cerró la puerta para que los cuidadores de su padre, que también estaban en el inmueble, no pudieran ver lo que ocurría allí dentro. Fu entonces cuando el procesado comenzó a recriminarle los abusos a su hijo, que éste le había contado ese mismo día. “Te tengo que matar”, le dijo a su padre al tiempo que la emprendía a golpes, puñetazos y patadas, en la cabeza, el tórax y el abdomen.

El fiscal argumenta que el acusado “llevó a cabo la agresión con ánimo de acabar con la vida de su padre o, al menos, aceptando la posibilidad de que ello se produjera debido a la intensidad de los golpes propinados, las zonas del cuerpo hacía las que se dirigieron, así como la edad y el delicado estado de salud en el que se encontraba”. De hecho, Santiago C. A. tenía un carcinoma de pulmón, anemia, neumonías, cardiopatía isquémica, hipertensión y miocardiopatía dilatada.

Por su parte, la acusación particular, que ejercen las hijas del fallecido y hermanas del acusado, sostiene que la muerte el 5 de julio de 2016 se produjo por el rápido deterioro de las patologías que ya presentaba Santiago debido a las lesiones que le provocó el acusado y que hay un nexo causal entre el fallecimiento y la paliza. Por ello, solicita una pena de 22 años y medio de prisión por un delito de asesinato consumado, al apreciar las circunstancias de alevosía, ensañamiento y abuso de superioridad. Alternativamente plantean una petición de pena de 18 años y nueve meses si finalmente lo hechos son calificados de homicidio.

La defensa del procesado mantiene que su cliente tenía sus facultades alteradas debido a un estado de ofuscación y total falta de control de los impulsos por los graves hechos que le había contado su hijo de nueve años ese mismo día después de recogerlo en el colegio. Cuando iban en coche de regreso a casa, el menor le dijo a su padre si podía contarle un secreto, y le confesó que su abuelo llevaba tiempo abusando sexualmente de él. Posteriormente, cuando estaban ya en casa, el pequeño detalló los abusos a los que su abuelo lo había sometido; “tocamientos, felaciones, masturbaciones, intento de penetración anal y conductas de similar índole”.

El Juzgado de Instrucción número Tres de Torrent abrió diligencias por estos graves hechos contra la libertad sexual del menor, pero la causa no llegó a juicio al fallecer el único acusado. El niño fue explorado y un informe del IML de València, fechado en julio de ese mismo año, daba credibilidad al relato del menor. No obstante, estos hechos ya no serán juzgados.

El que se enfrenta ahora a una pena de prisión es el padre de la supuesta víctima de estos abusos, por la paliza que le propinó a su progenitor al descubrir los abusos. Su defensa pide que se contemple la eximente completa por alteración psíquica debido al estado de ofuscación en el que se encontraba cuando agredió a su padre. Alternativamente plantea la posibilidad de una pena de tres meses de cárcel por un delito de lesiones con las atenuantes de confesión, arrebato y dilaciones indebidas.