La Audiencia Provincial de Castellón ha desestimado los recursos presentados por una docena de extrabajadores de Castellón, condenados por un delito de coacciones a la pena de un año y medio de prisión. El Juzgado de lo Penal número 1 fue el encargado de analizar unos hechos acaecidos entre enero y febrero del 2009, cuando la compañía a la que pertenecían tanto los sentenciados como las víctimas presentó un ERE y estos fueron despedidos. Tal y como señaló entonces la sentencia y avala ahora el máximo órgano judicial en la provincia, los condenados --bien por su condición de extrabajadores, integrantes del comité o delegados sindicales--, actuaron concertadamente con la intención de menoscabar la tranquilidad, sosiego y libertad de los restantes miembros del comité, así como del director de recursos humanos, el jefe de la sección de montaje y otros empleados. 

Así, durante un mes aproximadamente, acudieron reiteradamente a las puertas de la empresa, tratando de impedir tanto el acceso, como la salida de los trabajadores. Así, increparon a los susodichos con expresiones como: «lo pagaréis tarde o temprano», «asesinos», «maricones», «no penséis que vais a escapar», golpeando además los vehículos.

Esta situación generó un «desasosiego», compeliéndoles a cambiar sus respectivos horarios de entrada y salida del trabajo, incluso a quedarse a comer en las instalaciones de la compañía por temor a las represalias.

Además, los procesados se dirigieron en varias ocasiones a domicilios particulares de cuatro de las víctimas, gritándoles expresiones tales como «asesino», «pederasta», «ladrón», «nos has vendido», «judas», «te vas a ver condenado», «traidor» y «cobarde».

Tenía mucho miedo

Durante el juicio, los afectados aseguraron haber sentido «mucho miedo» por lo ocurrido y haberse visto obligados a variar sus rutinas. 

Uno de ellos declaró que su hija pequeña aprendió a decir el nombre de su padre, seguido de «asesino», por la cantidad de veces que llegó a oírlo a través de un megáfono en las inmediaciones del domicilio familiar.

Otro de los afectados dijo haber cambiado de lugar de residencia para evitar el acoso, mientras que otro admitió que dejó de salir debido a las coacciones.

Las costas de alzada han sido impuestas ahora a las partes apelantes, indicando la Audiencia Provincial que contra la citada sentencia ya no cabe recurso.