SUCESOS
El padre de la niña asesinada en Sabiñánigo pide investigar el patrimonio del criminal
El progenitor de Naiara solicita garantizar el pago de la indemnización de 30.000 euros que le fue impuesta al tío de la pequeña

El tío de la pequeña Naiara (centro), primer condenado en Aragón a prisión permanente revisable
El representante legal del padre de Naiara, la niña de 8 años asesinada en julio de 2017 en Sabiñánigo (Huesca) tras sufrir horas de torturas y castigos a manos de su tío, ha solicitado a la Audiencia de Huesca que se investigue el patrimonio del autor del crimen, Iván Pardo Peña, para garantizar el pago de la indemnización de 30.000 euros que le fue impuesta.
En su escrito, al que ha tenido acceso EFE, este letrado, el abogado Marcos García Montes, pide al tribunal oscense que se dirija al Registro Mercantil y al Punto Neutro Judicial para verificar la posible existencia de bienes muebles e inmuebles, cuentas bancarias, participaciones en empresas, subsidios, ingresos o prestaciones a fin de garantizar el pago de la indemnización correspondiente a su cliente.
Iván Pardo Pena fue condenado en octubre de 2020 a prisión permanente revisable por el asesinato de su sobrina, sentencia que fue confirmada en febrero del año siguiente por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) junto a las de 2 años de cárcel impuestas al padrastro y a la abuelastra de la niña por consentir los castigos.
El TSJA confirmó el pago de una indemnización a la madre de la niña de 120.000 euros y de 30.000 al padre, indemnización que fue recurrida ante el Tribunal Supremo por el letrado de este último, así como las penas impuestas al padrastro y la abuelastra.
El Supremo rechazó en julio de 2021 este recurso, el único de los presentados por las distintas partes personadas en la causa ya que el propio acusado renunció a recurrir para asumir, según su letrada, su futuro de vida en la cárcel.
Un recurso al que se opuso la Fiscalía de Huesca tras alegar que la indemnización por el asesinato no podía ser igual para ambos padres, ya que fue la madre la que desde los 4 años de edad de la niña se ocupó de ella "en el aspecto afectivo, económico o de cualquier otra naturaleza".
Durante la vista por esta causa, se expuso por la defensa que el padre de la niña se había desentendido durante años y que había dejado que fuera la madre la que se ocupara de ella.
Desestimada la petición de una mayor cuantía en la indemnización, su abogado pide que se investigue el patrimonio del acusado y a llevar a cabo los embargos y las medidas necesarias para garantizar el pago a su cliente.
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