Cuatro años de cárcel por violar a una sobrina que cuidaba de su bebé en Zaragoza
La Audiencia de Zaragoza condena a un hombre que admitió las relaciones sexuales, aunque defendió que fueron consentidas

Pedro Eduardo C. M., ayer, en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Zaragoza. / A. T. B.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a cuatro años de cárcel a Pedro Eduardo Cagua Maila (Ecuador, 1991) como autor de un delito de agresión sexual por penetrar vaginalmente a su sobrina, una joven de 18 años que se encargaba de cuidar a su bebé mientras el tío marchaba a trabajar. La víctima, de hecho, se trasladó la mañana del 1 de septiembre de 2022 al domicilio ubicado en el barrio zaragozano de Delicias para hacerse cargo del pequeño. Pero, ese día, Cagua se encontraba tumbado en el sofá-cama, invitó a su sobrina a tumbarse con él y, en esa posición, comenzó a besarla, a manosearla y a bajarle la ropa hasta que la penetró vaginalmente.
Así lo recordó la joven durante el juicio celebrado el pasado 20 de febrero al declarar que sintió «mucho miedo» cuando el ecuatoriano se abalanzó sobre ella, un episodio que él mismo confesó con un pequeño matiz: el consentimiento. «Le pedí si le podía abrazar, se quitó su pantalón, se puso de lado y ahí fue cuando ya empezamos. Fue todo lo que pasó. Estuvimos menos de un minuto y fui yo el que se apartó. Me sentía mal porque tenía pareja», defendió Cagua. «Yo le decía que parara, pero le daba igual. Sentía que estaba en shock y que me iba a desmayar», contrapuso la víctima.
A la declaración de la joven alude precisamente el tribunal provincial, presidido por la magistrada Nicolasa García Roncero, para recalcar que es «creíble», una verosimilitud que otorga la Sala a raíz de varios detalles como, por ejemplo, la «inmediatez» con la que la chica le contó lo sucedido a una amiga y a su madre hasta que ese mismo día denunció los hechos a la Policía. Tanto es así que, como consecuencia de todo ello, la víctima sufre secuelas con implicaciones en su vida cotidiana.
La sentencia también recoge el pago de 10.000 euros de indemnización en concepto de responsabilidad civil por los daños morales ocasionados a la víctima y otras medidas accesorias como la imposición de una orden de alejamiento de 200 metros durante cinco años. Inicialmente, el ministerio fiscal y la acusación particular a cargo del abogado Óscar Espinosa solicitaban hasta diez años de cárcel.
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