Condenada una vecina de Alhama de Aragón por sisar 8.000 euros a su marido inválido
La Audiencia le impone un año y seis meses de cárcel tras extraer dinero de sus cuentas cuando estaba ingresado en el hospital y en la residencia

Imagen de archivo de la entrada a Alhama de Aragón, donde vivía la acusada junto a su hija. / ANDREEA VORNICU
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a una vecina de Alhama de Aragón -M. I. G. N. (España, 1973)- a un año y seis meses de cárcel por apoderarse de casi 8.000 euros de la cuenta de su pareja cuando permanecía ingresado en el hospital San Juan de Dios y luego interno en una residencia especializada para personas con problemas de movilidad. Así se desprende de la sentencia que ha firmado el tribunal provincial, presidido por el magistrado Francisco Picazo, al considerar la Sala que la acusada extrajo dinero "por encima de lo necesario" una vez que se incrementó, desde los 638 hasta los 1.263 euros, el importe de la pensión por incapacidad laboral permanente que cobrara su pareja.
La ahora condenada tenía entonces a su cargo a una hija de diez años y, entre el 1 de septiembre de 2017 y el 30 de noviembre de 2018, efectuó retiradas de dinero por un importe total de 10.435 euros. Del citado insumo, alrededor de 2.500 euros se destinaron a "los gastos de necesidades y alimentación de la hija" sin que M. I. G. N. abonara la cuotas de la residencia de su marido ni tampoco las rentas de alquiler del domicilio donde ella y la niña residían en Alhama de Aragón. Estas deudas se liquidaron gracias a una herencia de la que era beneficiario su marido.
"Cuando el importe de la pensión se incrementó a 1.263 euros mensuales, continuó efectuando, con ánimo de obtener un beneficio económico, y por encima de lo necesario para cubrir necesidades vitales y alimentos de la hija, extracciones de dinero mediante la libreta, también agotando prácticamente el saldo cada mes, aprovechándose de su relación de pareja para el acceso a tales fondos y sin contar con su anuencia para tales disposiciones", recoge la sentencia como hechos probados, el mismo relato que la absuelve de un delito de abandono familiar, ya que le acusaban de no visitar a su marido ni en el hospital ni en la residencia.
Mientras que el ministerio fiscal solicitaba penas que en su conjunto sumaban hasta cinco años y seis meses de cárcel, la acusación particular a cargo de la abogada Nuria Chueca reducía la pena privativa de libertad hasta los cinco años. La causa la ha dirigido el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Calatayud. Contra el fallo, los abogados defensores de M. I. G. N., los letrados Carmen Sánchez Herrero y Luis Ángel Marcén, todavía pueden interponer recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).
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