La histórica condena por un atropello mortal en Zaragoza ya no tiene vuelta atrás
El conductor que arrolló a un joven a la salida de la discoteca Supernova ha decidido no recurrir la sentencia

Luigi Anthony Vasquez Miranda, en la Audiencia Provincial de Zaragoza tras conocer el veredicto del jurado popular. / MIGUEL ÁNGEL GRACIA
Graves y tristes accidentes de tráfico ha llorado Aragón en los últimos años, desde la discoteca Manhattan en Huesca hasta el del querido futbolista Luismi sin olvidar tampoco la embestida a dos amigos ciclistas en Botorrita. Pero ninguno de ellos, con tasas elevadas de alcohol y consumo de drogas de por medio, se ha castigado con condenas tan contundentes como la que se acaba de declarar firme en relación al conocido como 'atropello de la Supernova'. Y es que ya es definitiva la condena de 12 años y seis meses de cárcel que pesa sobre Luigi Anthony Vasquez Miranda por arrollar por la espalda a un joven de nombre Álvaro, "un gran logro" en términos jurídicos después de 41 meses de periplo judicial desde que el conductor le segara la vida aquella madrugada del 27 de febrero de 2022.
"Servirá para que otros accidentes se castiguen con más dureza, no era una mera imprudencia, había algo más, y hay que dar ese salto más en la interpretación de los casos porque el salto de un delito a otro es muy grande, hay mucha diferencia en el Código Penal", reflexiona José Enrique Villén, uno de los dos abogados que ha ejercido la acusación particular en nombre de la madre de la víctima. "Se ha clarificado lo que sucedió, era consciente de lo que podía pasar", añade el letrado en alusión a las circunstancias en las que Luigi se puso a los mandos del vehículo, pues arrojó un resultado de 0,51mg/l en la prueba de alcoholemia.
El final de este proceso judicial no responde a otro motivo que la decisión del mismo encausado de no recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo, una decisión consensuada con su abogado, el penalista zaragozano José Luis Melguizo, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) desestimara en mayo el recurso de apelación interpuesto contra esta sentencia. Es un fallo que se basó en la valoración que hizo un jurado popular de la prueba que se practicó en el juicio celebrado el pasado mes de noviembre, ya inédito el plenario por sí mismo al juzgar un jurado un accidente de esta naturaleza.
"No desistió aceptando el resultado"
Pero, ¿qué dice entonces esta sentencia? "Circuló de modo recto, siendo plenamente consciente de que el vehículo iba a golpear de lleno a todos o a algún miembro del grupo, pese a lo cual y aun disponiendo de tiempo suficiente y siendo consciente de que existía una alta probabilidad de ocasionar la muerte o las lesiones de todos o algunos los miembros del grupo, no desistió de su acción aceptando el resultado", recoge como hechos probados el fallo en alusión a ese dolo eventual que endurece la condena en comparación con el homicidio imprudente.
En comparación con otros trágicos siniestros, por ejemplo, la Audiencia Provincial de Huesca condenó a cuatro años de cárcel a Víctor Manuel Gómez Rivero, el conductor ebrio y drogado que mató a dos hombres a las puertas de la Sala Manhattan en la capital oscense. El Juzgado de lo Penal número 2 de Zaragoza condenó a otros cuatro años de prisión a Leoncio Moreno Pérez, otro conductor que arrolló a dos ciclistas en Botorrita con un consumo de alcohol equivalente a beber "de tirón" medio litro de coñac. Y todavía está pendiente de que se conozca el castigo por la muerte de Luismi, un atropello que protagonizó Víctor G. H. triplicando la tasa de alcohol bajo el consumo de estupefacientes.
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