Condenado uno de los hermanos Pini por agredir a un trabajador en el matadero de Binéfar

La jueza considera probado que el exresponsable de Litera Meat golpeó al trabajador de forma directa, voluntaria y sin que mediara provocación

El macromatadero Litera Meat, en una imagen de archivo.

El macromatadero Litera Meat, en una imagen de archivo. / EL PERIÓDICO

El Periódico de Aragón

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La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº2 de Monzón ha condenado a Mario Pini al pago de una multa de 480 euros tras considerarlo culpable de un delito leve de lesiones por golpear a un trabajador afiliado a la CNT el 23 de junio de 2023 en el marco de unas protestas sindicales en las instalaciones de la cárnica. El hombre, exresponsable de Litera Meat y hermano del propietario del grupo agroalimentario, Piero Pini, se ausentó en dos ocasiones de la citación judicial, razón por la que el proceso se dilató hasta el pasado mes de mayo. 

La sentencia de la jueza considera probada la denuncia de uno de los empleados, que acusó a Pini de golpearle "de forma directa, voluntaria y sin que mediara provocación", según declaró la víctima, en un momento en el que la representación de los trabajadores exigía a la dirección de la empresa mantener una reunión para abordar la "inhumana carga de trabajo".

Según ha informado el sindicato, esta sentencia no sólo representa una "victoria", tras casi un año de retrasos y aplazamientos en la celebración del juicio, sino que es una muestra del ambiente laboral existente en Litera Meat y de unas condiciones de trabajo que desembocaron en una huelga cuatro días de diciembre del año pasado.

Fuentes de la empresa subrayan que Mario Pini, que ya no trabaja en la empresa, no ha formado nunca parte del accionariado ni de la dirección, siendo un "trabajador más".

Ambiente "hostil y tiránico"

El juicio, que debió celebrarse en dos ocasiones anteriores, fue suspendido tanto el 24 de octubre de 2024 como el 30 de enero de 2025, ya que en ambos casos el denunciado no se presentó en sede judicial, lo que prolongó el proceso y generó indignación en el entorno sindical.

La sentencia considera probado que el acusado golpeó al trabajador de forma directa, voluntaria y sin que mediara provocación, según la declaración del denunciante respaldada por testigos, y le condena por un delito de lesiones leves.

Según el sindicato, Pini había impuesto desde el inicio de la actividad empresarial un ambiente "hostil y tiránico" contra la plantilla, "permitiéndose la libertad de realizar hechos como los denunciados y sentenciados: golpear a un trabajador". Actualmente, según el sindicato, Pini ya no figuraría en el grupo de accionistas de la empresa y habría sido apartado de puestos de mando.

Asimismo, el sindicato subraya que la cuantía de la multa impuesta al agresor, 60 días a 8 euros (480 euros) resulta "calderilla" para un excargo de una de las mayores empresas de Huesca, tras cuantificarse sobre la base del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que, a juicio del sindicato, "resulta ofensivo para cualquier trabajador".

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