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Absuelta de trata de blancas la 'madame' del club Las Brujas de Mainar

La Audiencia Provincial de Zaragoza exonera a la dueña del club de alterne acusada de reclutar en Brasil a dos mujeres para que ejercieran la prostitución en el Campo de Daroca

La acusada, Regiane F. F., en el juicio celebrado hace unos días en la Audiencia Provincial de Zaragoza.

La acusada, Regiane F. F., en el juicio celebrado hace unos días en la Audiencia Provincial de Zaragoza. / A. T. B.

Zaragoza

La 'madame' del club Las Brujas de Mainar ni captó en Brasil ni trasladó hasta el Campo de Daroca ni explotó a dos mujeres que ejercieron allí la prostitución entre los meses de enero y abril de 2024. La Audiencia Provincial de Zaragoza acaba de absolver a Regiane F. F. (Brasil, 1973) de un delito de trata de seres de humanos del que le acusaban estas dos mujeres brasileñas al concluir la Sala que la acusada no recurrió a la "violencia", "intimidación", "engaño" o "imposición de trabajos forzados" para que las denunciantes ejercieran la prostitución. Por ambas denuncias afrontaba hasta siete años de cárcel mientras que la Fiscalía solicitaba su absolución.

Así lo defendió Regiane F. F. en el juicio celebrado el pasado 20 de noviembre, cuando insistió en que ella no había propuesto "nada" a las perjudicadas para que cruzaran el charco. "Contactó conmigo para que la trajera a España", declaró la acusada sobre una de las dos denunciantes, pues a la otra mujer no la conoció hasta que llegó a Mainar tras mediar la primera de ellas. En cualquier caso aseguró que tenían tres llaves del club de alterne, "la de la habitación", "la de la salida" y "la del cuarto pequeño" según precisó a preguntas de su abogado, el letrado Luis Nivela.

Argumentos de la Sala

"No se aprecia un reclutamiento de las denunciantes. Fueron ellas quienes se pusieron en contacto con la acusada (...) Cuando las denunciantes llegaron a Mainar, comenzaron a trabajar en la limpieza del club, como se había acordado inicialmente. El cambio de actividad de servicios de limpieza al ejercicio de la prostitución no fue motivado por la presión o coacción de la acusada, sino a iniciativa de las denunciantes, que deseaban conseguir unos emolumentos superiores a los que percibían en su actividad de limpieza", recoge la sentencia del tribunal adscrito a la Sección Tercera, presidido por la magistrada Nicolasa García Roncero.

El club de alterne 'Las Brujas' se sitúa en la N-330, en Mainar.

El club de alterne 'Las Brujas' se sitúa en la N-330, en Mainar. / GOOGLE MAPS

Sobre la fase de traslado se dice que "no fueron separadas del lugar o medio en el que se encontraban" y sobre la fase de explotación económica se argumenta que ejercían la prostitución "con el fin de obtener unos dividendos superiores" a los que cobraban por las labores de limpieza. "Acusada y denunciantes llegaron a un acuerdo económico para que las segundas ejercieran la prostitución en el local regentado por la primera. Dicho acuerdo estuvo motivado por la iniciativa de las denunciantes", abunda el fallo al que ha tenido acceso este diario.

Por todo ello, la acusación particular a cargo de la abogada Elisa Pérez Roy solicitó una pena de siete años de cárcel por dos delitos de trata de seres humanos además del pago de 3.000 euros de indemnización para cada una de las denunciantes. Pero el ministerio fiscal no formuló acusación y pidió su absolución, tal y como interesó también el abogado defensor, el letrado Luis Nivela. La causa la ha dirigido el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Daroca. 

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