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La Audiencia absuelve al exalcalde de Alhama de Aragón tras una condena de cinco años de cárcel

El Tribunal Supremo obligó a repetir el juicio que también ha exonerado al exsecretario interventor

Imagen de archivo de la entrada a Alhama de Aragón.

Imagen de archivo de la entrada a Alhama de Aragón. / ANDREEA VORNICU

Zaragoza

José María Castejón Mozota, alcalde de Alhama de Aragón (Zaragoza) bajo las siglas del PAR entre 2012 y 2023, ha recibido su particular regalo de Reyes con un día de retraso. Y es que, este miércoles, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza le ha notificado la sentencia que le absuelve de un delito de falsedad en documento público en concurso medial con un delito de estafa en grado de tentativa, un delito de denuncia falsa y un delito de falso testimonio, los mismos delitos por los que la Sección Primera sí le condenó a cinco años de cárcel en el mes de marzo de 2022. Pero el Tribunal Supremo decretó hace unos meses la nulidad de las actuaciones y obligó a repetir el juicio con un nuevo tribunal que también ha exonerado a quien fuera su secretario interventor, Francisco Javier García.

En el centro de este debate jurídico se sitúa la denuncia que el mismo Castejón interpuso contra su antecesor, Joaquín Antón (CHA), y contra una trabajadora municipal, Rosario A., a quienes acusaba de urdir una artimaña para elevar a esta mujer (auxiliar administrativa) a la categoría de secretaria interventora. Según el mismo Castejón, este cambio de puesto era "arbitrario", "injusto" e "ilegal". Ambos resultaron absueltos y decidieron denunciar al entonces alcalde por su mala fe en su judicialización, pues tuvo que abonar las costas procesales (6.282 euros). Y la Sala ha concluido ahora que no existió "mutación sustancial" entre aquella denuncia de Castejón y la realidad.

"Extramuros del tipo penal"

"La interpretación subjetiva por el denunciante (José María Castejón) de la intención que atribuya a quien se dice que realiza los hechos objetivos denunciados, así como la calificación jurídica pretendida por el denunciante de tales hechos, quedan extramuros del tipo penal citado", expone el tribunal en la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. Lo hace en alusión a alguna que otra aseveración que considera "cierta" y "pacífica" por parte del acusado según enumeran estos mismos magistrados en un fallo que consta de 40 páginas.

Y hacen especial hincapié en la imposición de las costas procesales a Castejón, pues el tribunal que absolvió a Antón y Rosario A. reseñó que "no existía razón legal" para la interposición de aquella denuncia. "Tal valoración ha de enmarcarse en el ámbito en el que se efectuó, esto es, el análisis sobre la procedencia de imposición de costas procesales. Pero la temeridad o la mala fe procesal no es equiparable a la falsedad de la denuncia", justifican ahora.

Otras acusaciones

También se absuelve al exalcalde de un delito de falsedad documental en concurso medial con un delito de estafa en grado de tentativa que también se le imputaba al secretario interventor. "Es obvio y pacífico que los acusados no emitieron ese decreto. No solo no se acordó la continuación de la causa contra ellos, sino que expresamente se recoge que había sido dictado por Joaquín Antón (...) La acusación del ministerio fiscal carece de sustento y debe caer", sentencia la Sala, que también exonera a Gracia de otro delito de falsedad documental. "No consta que faltara deliberadamente a la verdad, con ánimo falsario, en las certificaciones y contestación que remitió a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza", subrayan.

Inicialmente, el ministerio fiscal solicitaba hasta cinco años de cárcel para José María Castejón y otros tres años y seis meses de prisión para Francisco Javier Gracia, defendidos ambos por los abogados Enrique Trebolle y Francisco García Berenguer. Eso sí, la sentencia todavía no es firme y puede ser recurrida ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

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