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El TSJA respalda a los jueces que condenaron al 'Paletas' tras una acusación de "orgía inquisitiva"

El máximo órgano judicial de la comunidad confirma la condena de 17 años de cárcel por un tiroteo en Torrero

Al fondo, Jesús Rafael Hernández Dual, alias el Paletas, en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza el 2 de julio de 2025.

Al fondo, Jesús Rafael Hernández Dual, alias el Paletas, en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza el 2 de julio de 2025. / JAIME GALINDO

Zaragoza

El tribunal que condenó a Jesús Rafael Hernández Dual, alias el Paletas, argumentó de forma "razonada" y "razonable" la sentencia que le impuso 17 años de cárcel por tirotear al Chiqui y a su hijo en Torrero, en Zaragoza. Pero, en palabras de su abogado, esta dura condena tan solo era el resultado de una "orgía inquisitiva" a la que se le había sometido en la Audiencia Provincial de Zaragoza. Nada más lejos de la realidad. El máximo órgano judicial de la comunidad subraya que no existe "ninguna sombra de parcialidad" en la decisión de sus compañeros adscritos a la Sección Tercera, por lo que acaba de ratificar la condena por este doble intento de asesinato que tuvo lugar el 28 de julio de 2023 en la calle Lasierra Purroy.

De esta forma se pronuncia el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) para rechazar el recurso interpuesto por Fernando Pamos de la Hoz contra la sentencia, una apelación contra la que se opusieron los abogados Alejandro Giménez Planas y Octavio Sesma del Val en representación de las dos víctimas. Y es que el Paletas intentó suspender el juicio al exhibirse como una persona fuera de sus cabales, se golpeó la cabeza con las esposas y pronunció alguna expresión más alta que otra para confundir al tribunal, que puso a su disposición a un facilitador para asistirle en el interrogatorio.

"Las reglas de la sana crítica"

"Los magistrados valoraron los informes médicos con arreglo a las reglas de la sana crítica y motivaron en la sentencia los fundamentos de su decisión de manera razonada y razonable por lo que ninguna sombra de parcialidad se aprecia en su decisión", refrenda el tribunal que ha estudiado el recurso de apelación en alusión a la interpretación que hicieron sus compañeros sobre el informe médico del Paletas. Tanto es así que le apreciaron una atenuante de alteración psíquica, aunque no fue suficiente para que su abogado denunciara "la lamentable práctica de la psiquiatría institucionalizada".

En este mismo recurso de apelación también hacía constar "una reflexión personal y profesional" que le llevaba a concluir que el Paletas había sido víctima de "un Estado fallido". "Es un ser humano a quien la sociedad le ha machacado desde niño (...) El Estado le ha fallado siempre de forma evidente: no le ha curado, instruido, educado ni dado pautas para la mejora de su dolencia, no le ha tratado la Administración de Justicia como a un enfermo y le ha vuelto a menoscabar su dignidad", expuso Pamos de la Hoz.

Sobre este punto ya se pronunció el tribunal que juzgó los hechos al sentenciar que "todo trazo de impulsividad" quedó descartado por la forma en la que ejecutó el tiroteo a las víctimas, a bordo de un Citröen Picasso desde el que apretó el gatillo y con el que se fugó hasta Balaguer (Lleida). "Planeó con tiempo los hechos así como el lugar y el modo de huida, lo que priva de una afectación acorde a las patologías", concluyó el tribunal presidido por la magistrada Nicolasa García Roncero.

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