Condenado a cinco años de prisión un abuelo que abusó sexualmente de su nieta menor de edad
Los magistrados consideran probados los hechos denunciados por la víctima, que ahora ya es mayor de edad

Un momento del juicio celebrado el 11 de marzo en la Audiencia de Zaragoza. / El Periódico de Aragón
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a un abuelo acusado de abusar sexualmente de su propia nieta a cinco años de prisión al entender los magistrados que el relato emitido durante el juicio oral resultó plenamente creíble. Así, los hechos denunciados se consideran probados y constitutivos de un delito de abuso sexual, de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal. Además, deberá indemnizar a la víctima con 5.000 euros.
Como consecuencia de esta situación, que se produjo cuando todavía era menor de edad (ahora ya no lo es), la víctima ha experimentado durante años malestar emocional, síntomas compatibles con estrés postraumático y sintomatología ansioso-depresiva clínicamente relevante y con afectación a múltiples áreas de su vida, tanto personal, social, sexual y psicológica.
La nieta interpuso la denuncia el 13 de agosto de 2024. El hombre fue detenido y presentado ante el Juzgado de Instrucción, acordándose su libertad provisional el 22 de septiembre de 2024, fecha en la cual se acordó como medida cautelar la prohibición del acercamiento y la comunicación con su nieta.
Los hechos se remontan a cuando la víctima quedaba de forma regular al cuidado de sus abuelos entre los ocho y los trece años, aproximadamente, dado que sus progenitores tenían que trabajar. Los magistrados consideran que el acusado se aprovechaba de esta circunstancia y de su relación de ascendiente. Así, de forma continuada y en momentos en los cuales estaban a solas, le realizaba tocamientos con ánimo libidinoso.
La audiencia condena al abuelo como autor criminalmente responsable de un delito de abuso sexual a la pena de cinco años de prisión, más la expresa imposición de las costas procesales causadas en el curso de este procedimiento. Al mismo tiempo, le impone la medida de libertad vigilada por un tiempo de seis años que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad.
Orden de alejamiento
De igual modo, se le impone la prohibición de acercamiento a menos de 200 metros de su nieta, así como de comunicarse con ella por cualquier medio durante cinco años, con la expresa advertencia de que un eventual incumplimiento conllevaría la exigencia de responsabilidad criminal por un delito de quebrantamiento de condena. La acusación particular ha sido ejercida por la letrada Mercedes Lasierra Navarro.
La presente resolución no es firme, y contra ella se podrá interponer un recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial dentro del plazo de diez días.
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