Condenada a pagar 3.240 euros por volver a un bar de Torrero donde tiene prohibida la entrada
Una mujer de 49 años accedió a este establecimiento a pesar de que tenía una orden de alejamiento

Imagen del bar Alie, en el barrio de Torrero. / GOOGLE MAPS
Por norma general, una orden de alejamiento se acuerda para proteger a una persona. Pero también hay excepciones y, en ocasiones, estas medidas se adoptan respecto a establecimientos e incluso municipios. En Zaragoza, por ejemplo, un Juzgado impuso hace unos meses una orden de alejamiento de 50 metros a una mujer cubana para evitar que volviera a un bar de la avenida América, en el barrio de Torrero. En cualquier caso no sirvió de nada. Por eso esta misma semana ha sido condenada a pagar una multa de 3.240euros por un delito de quebrantamiento de medida cautelar al intentar acceder allí en la madrugada del 1 de marzo de 2025.
Así consta en la sentencia que ha dictado el titular de la Plaza número 4 de la Sección de Penal del Tribunal de Instancia de Zaragoza, el magistrado Alfredo Lajusticia, quien ha acordado esta cuantía (seis euros al día durante 18 meses) para "evitar una multa irrisoria". Y es que en la hoja de antecedentes de M. S. R., de 49 años, constan hasta tres condenas por delitos de quebrantamiento de condena, por lo que un importe inferior "no cumpliría los fines lógicos de toda pena" según subraya el magistrado Lajusticia.
Orden de alejamiento
De esta forma se ha castigado la conducta que esta mujer realizó sobre las 02.00 horas del 1 de marzo de 2025, cuando una patrulla de la Policía Nacional observó cómo se disponía a entrar al bar Ali. Y como los agentes conocían la imposición de esta orden de alejamiento, se apearon del vehículo para sorprenderle en la puerta del establecimiento, "justo cuando la misma trataba de acceder al interior del bar Ali" según relatan los hechos probados de la sentencia, un fallo que todavía puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Porque el Juzgado de Instrucción número 4 de Zaragoza dictó en el mes de noviembre de 2024 una orden de alejamiento de 50 metros tras "una situación continuada de hostigamiento e intimidación" que denunció la propietaria del negocio. En este mismo auto se recogía la declaración de la denunciante a la hora de exponer que se comportaba "de forma agresiva formulando amenazas", lo que llevó al instructor a adoptar la cautelar. "Para evitar que esa situación de conflictividad pueda agravarse o continuar. Y en aras a garantizar el sosiego de la denunciante, sin perjuicio de lo que pueda acordarse con posteridad", argumentó el juez.
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