La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha rebajado de 9 años a 15 meses la condena impuesta en junio pasado a Constantin Mircea por la brutal paliza que sufrió la hija de su pareja en abril de 2019 y que le causó una discapacidad del 40%. La resolución considera que el acusado, que no es padre biológico de la menor, de 4 años, no cometió un delito de lesiones graves por omisión al no intervenir para defenderla cuando su madre la golpeó. Por otro lado dice que sí es responsable de un delito de omisión del deber de impedir un delito contra la vida. 

El cambio en la tipificación del ilícito penal supone una drástica reducción de la condena impuesta, exactamente siete año y nueve meses menos de cárcel. La sentencia fue recurrida en apelación por el abogado defensor de Mircea, José Luis Melguizo, que explicó ayer que la «considerable disminución» de la pena se produce cuando su cliente, de 32 años, lleva ya tres en prisión, es decir un año y nueve meses más de los que le corresponden tras el recurso. Por este motivo, el mismo día de la deliberación, el jueves pasado, el tribunal ordenó su puesta en libertad. 

Los hechos ocurrieron en la calle Zamoray, en el zaragozano barrio de El Gancho, y la madre de la pequeña, Elena Yebra López, fue condenada a 11 años de cárcel, pena que se mantiene tras la apelación pues la sala descarta que se le deba aplicar la concurrencia, como atenuante, de la eximente incompleta de trastorno mental transitorio, como sostiene su abogado defensor, Alejandro Giménez. En su lugar, sigue manteniendo la circunstancia analógica de trastorno mental transitorio. 

Los fundamentos de hecho recogen que la acusada, «airada y enrabietada» porque Constantin había llegado tarde a su vivienda, ya de madrugada, «comenzó a golpear brutal e insistentemente a su hija Sofía, sin que él hiciera nada para evitarlo pudiendo haberlo hecho». La menor, que se había aferrado a su madre por detrás, asustada porque le había despertado la discusión, recibió «fuertes golpes y patadas en la cabeza». 

Sin posición de garante

Los magistrados argumentan que no se dan las condiciones para condenar por un delito de lesiones graves por omisión al entender que de la relación sentimental con la madre de Sofía «no surge, por razón de convención o norma jurídica alguna, el deber de protección y cuidado que dé lugar a la posición de garante», de la que se deriva la obligación de actuar, «pues ni procede de una relación paterno-filial ni de una convivencia familiar de hecho basada en una relación de pareja estable». 

Paralelamente, el fallo de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA deja sin efecto una serie de condenas que iban aparejadas al delito inicial de comisión por omisión de un delito de lesiones graves. Así, se elimina la prohibición de aproximación y comunicación con la menor y la responsabilidad civil, de 84.00 euros, la mitad de la cantidad total. 

Constantín Mircea recibió esta importante rebaja de la condena en la cárcel tras pasar allí 3 años en preventiva. Inicialmente afrontaba nada menos que 27 años de cárcel por tentativa de asesinato, violencia doméstica y lesiones agravadas y tras el recurso del penalista José Luis Melguizo todo quedó en 15 meses. Ya está en libertad.