La Audiencia de Zaragoza ha absuelto de los delitos de estafa y apropiación indebida al abogado zaragozano José Javier P. Y., quien se enfrentó a un máximo de seis años de cárcel en un juicio por haber engañado, supuestamente, a una empresa de la construcción con la que firmó en 2017 contratos para instalar centros comerciales en Soria y Calahorra.

José Javier P. Y., de 67 años y defendido por la letrada Carmen Sánchez Herrero, tiene pendiente otro juicio de carácter similar en el que figura como coacusado Mariano Casasnovas, el empresario que quiso comprar el Real Zaragoza a Agapito Iglesias y fue condenado por fraude fiscal. Ambos están acusados  de cometer una estafa inmobiliaria en una operación para la adquisición de terrenos en los que debía construirse un centro comercial.

 En el caso de la sentencia de la Audiencia referente a Soria y Calahorra, las obras no se llevaron finalmente a cabo por causas ajenas a la voluntad del imputado. El motivo fue que no se concedieron las licencias urbanísticas por cuestiones de tipo administrativo, lo que originó la rescisión de los contratos por parte de las interesadas en abrir centros comerciales, Lidl y Semark, según recoge la sentencia.

No cobró indebidamente 150.000 euros

Se le imputaba al abogado el cobro indebido de 150.000 euros en una de las operaciones inmobiliarias, pero la Sección número 3 establece que “no ha quedado acreditado que José Javier P. Y., como administrador único de la mercantil Suelo de Soria 2016 haya engañado a la querellante, la empresa Keril Europea, para conseguir el traspaso de la citada cantidad a su favor”.

Asimismo, zanja la resolución, no se ha demostrado que el acusado se apropiara indebidamente de esa cantidad. Además, la sala propone que la cuestión se reconduzca por la jurisdicción civil al no existir base para una condena penal.

En sus fundamentos de derecho, se señala que no ha quedado acreditada la posibilidad de un engaño previo o concurrente y que Keril Europea “era conocedora de la realidad indicada en los contratos y se encuentra conforme con los mismos”, además de haber tenido asesoramiento legal adecuado cuando suscribió el contrato.

Por otro lado, el fallo recoge que “las negociaciones para llevar a buen fin el documento suscrito entresuelo de Soria 2016 y Keril Europea SL no lo fue por la gestión del acusado, sino por la del testigo Mariano Casasnovas, siendo la actuación del acusado no decisiva en tal sentido”.