Cada vez son más las parejas que deciden no casarse, bien sea por el juzgado o por la iglesia, pero sí que se deciden a formalizar los papeles para ser pareja de hecho porque es un soporte legal para muchas situaciones que te vamos a detallar. Pero para ello se necesitan unos requisitos para cumplir y que, aunque en general son comunes en toda España, es cierto que cada comunidad autónoma tiene los suyos. Por eso nos centraremos en Aragón.

Entre los beneficios y ventajas hay muchos y variados. Por ejemplo, ser pareja de hecho hace que tengas las mismas oportunidades de adoptar que un matrimonio, aunque sí que es verdad que dependiendo de la legislación de otros países es posible que solamente puedan los matrimonios, pero son solo algunos casos. De cara a España, mismos derechos.

Si se tienen hijos en común, en caso de ruptura se aplican los mismos derechos y obligaciones en cuanto a guarda y custodia, visitas o pensión alimenticia, como si fuese un matrimonio, lo cual da más seguridad. En cuanto al alquiler,  la pareja puede subrogarse presentando la inscripción en el registro como pareja de hecho y acreditando dos años de convivencia en caso de que el titular haya fallecido.

También las parejas de hecho tienen las mismas ventajas que los matrimonios en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. También hay derecho a pensión de viudedad si se acredita haber convivido por cinco años y se ha estado inscrito en el registro por dos años como mínimo, aunque también hay otros requisitos básicos.

De todos modos, a diferencia de los matrimonios, no hay derecho de herencia del cónyuge si fallece, tampoco permiso después de la formalización de la pareja (la famosa luna de miel) y tampoco permisos por fallecimiento, enfermedades graves y similares salvo que la empresa te lo permita.

¿Qué se necesita?

Si es vuestra opción elegida por delante del matrimonio (o como paso previo), necesitáis cumplir varios requisitos:

  • Ser mayores de edad.
  • Demostrar la constitución de la pareja mediante escritura pública o acreditar con documento legal la convivencia marital por un periodo mínimo de dos años.
  • No puede tener relación de parentesco (no puede ser un familiar hasta segundo grado) ni de sangre ni por adopción.
  • No estar casados
  • No tener pareja estable con otra persona
  • En el caso de Aragón, al menos una de las dos personas debe estar empadronada en cualquier localidad de la comunidad autónoma.

¿Cómo hacerlo?

Se puede pedir información de forma presencial en cualquiera de las tres capitales de provincia, en los Servicios Provinciales del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales. En Zaragoza está en la Plaza del Pilar, en Huesca en el Edificio San Jorge y en Teruel en la Calle San Vicente de Paul.

Y es imprescindible para hacer los trámites pedir cita previa o llamar por teléfono al 976 701 708 para ello.