Esta es la multa de 7.500 euros de la Seguridad Social a tu empresa si te molesta en vacaciones

Inspección de Trabajo vigilará muy de cerca a las empresas para que no molesten a sus trabajadores durante las vacaciones

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. / Diego Radamés - Europa Press

Luis Miguel Mora

Las vacaciones son sagradas para los trabajadores, porque por fin pueden dejar de pensar en esas preocupaciones que tanto les molesta. Sin embargo, esto muchas veces suena a utopía, porque los empresarios molestan a su personal con llamadas para que arreglen cosas de urgencia, a pesar de que no deberían hacerlo. Para acabar con este problema que afecta a miles de personas, Inspección de Trabajo empezará a multar con hasta 7.500 euros a las empresas que vulneren el derecho a la desconexión digital de sus empleados.

La desconexión digital es un derecho para todos

Tanto el descanso de los trabajadores, como su desconexión digital, están regulados por diferentes leyes orgánicas. De esta manera, se protegen los derechos de los empleados, porque se evita un posible malestar que afectaría a su vida personal, causando estrés derivado del trabajo.

En la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales, se recoge que, “los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecidoel respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar”. 

Estas son las prohibiciones en vacaciones

Los trabajadores no están obligados a contestar mensajes o llamadas de sus empleadores, y por ello no le pueden castigar con una multa o con el despido. Si ocurre esto, los afectados pueden reclamar ante un juez y ganarán el caso. Además, las empresas se enfrentan a multas que van desde los 700 a los 7.500 euros. Estas sanciones dependerán del grado de intromisión en el descanso del trabajador:

  • 751 a 1.500 euros en su grado mínimo.
  • 1.501 a 3.750 euros en su grado medio.
  • 3.751 a 7.500 euros en su grado máximo.

Es importante recordar que el derecho a la desconexión digital no solo aplica a las llamadas telefónicas, sino también a cualquier tipo de comunicación relacionada con el trabajo, como correos electrónicos, mensajes de texto o WhatsApp.

Existe una excepción a este derecho

A pesar de que la desconexión digital sea un derecho reconocido por ley, existe una excepción para poder saltarse la norma. Las empresas pueden contactar sus trabajadores en caso de que se produzca una situación de fuerza mayor o cuando este empleado posea información esencial que nadie más tiene para continuar un proyecto.

En estos casos, la comunicación debe ser únicamente para informar al trabajador sobre la situación y para coordinar las acciones necesarias para resolver la emergencia.

Es importante recordar que, incluso en estas excepciones, la empresa debe respetar el derecho del trabajador al descanso y a la intimidad personal y familiar. La comunicación debe limitarse a lo estrictamente necesario y no debe ser excesiva o intrusiva.

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