Concesiones del Ayuntamiento de Zaragoza

El TSJA tumba la reclamación millonaria del parking de los Juzgados del Pilar al ayuntamiento

La concesionaria exige 5,3 millones por la pérdida de usuarios sufrida desde 2006. Alude a las obras de Echegaray o el cambio de oficinas a la Expo como causas

Acceso al parking de los Juzgados desde la calle Salduba.  | JAIME GALINDO

Acceso al parking de los Juzgados desde la calle Salduba. | JAIME GALINDO / carlota gomar

Carlota Gomar

Carlota Gomar

El Ayuntamiento de Zaragoza se ha salvado, por ahora, de pagar 5,3 millones de euros a la concesionaria del parking subterráneo de los Juzgados de la plaza del Pilar, la empresa Estacionamientos Públicos del Pilar (EPSA), que reclama una indemnización por las pérdidas y «daños» que le ha ocasionado el traslado de los antiguos juzgados a la Expo, de parte de los empleados municipales al edificio Seminario y las obras que se realizaron en el paseo Echegaray allá por el año 2006. Tres situaciones que, alega, han alterado sus previsiones económicas, por lo que solicitó por la vía judicial una compensación que ahora la sección número 1 de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha desestimado.

Según la sentencia, contra la que cabe recurso de casación, los tres hechos a los que alude eran «imprevisibles» en el momento de la firma de la concesión y no han impedido la prestación del servicio, pues no se ha visto obligada a cerrar el subterráneo. Además, señala, la empresa «no ha acreditado la ruptura del equilibrio prestacional».

Las obras del carril bici de Echegaray

Por puntos. La concesionaria considera que las obras que se realizaron entre abril de 2006 y noviembre de 2007 en el paseo Echegaray para construir un carril bici le han perjudicado principalmente por un motivo, porque acarrearon la prohibición del giro a la izquierda desde el carril en sentido plaza Europa hacía la calle Salduba. Según esgrime, han «limitado la afluencia de vehículos», incidiendo en su cuenta de resultados. Desde el ayuntamiento alegaron que «en ningún momento se ha impedido el acceso al subterráneo».

El traslado de los antiguos juzgados a la Expo

Respecto al traslado de los antiguos juzgados a la Expo, la parte recurrente menciona la pérdida de usuarios que supuso, sin embargo, el consistorio se defiende diciendo que esta decisión no es de su competencia. En la sentencia se hace mención a que este inmueble ahora alberga las oficinas del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS).

Traslado al Seminario

En relación al traslado de parte de la plantilla al edificio Seminario, matizan desde el ayuntamiento que, además de que la organización política permanece en la casa consistorial, hay servicios administrativos que antes estaban en otras dependencias que se han trasladado hasta la plaza del Pilar, compensando así la pérdida de clientes.

EPSA, que presentó varios informes periciales para justificar su demanda, reclama un reequilibrio económico de 68.986 euros por la pérdida de usuarios durante las obras y los cambios en el tráfico; 1.040.116 euros por el traslado de parte de la plantilla al Seminario y 4.286.192 por los «daños» que le ha ocasionado la mudanza a la Expo de los Juzgados.

El ayuntamiento, en su recurso, menciona que, de cumplirse con la demanda de la concesionaria, «se eliminaría el principio de riesgo y ventura» que se incluye en las licitaciones. De suceder, todas «las concesiones tendría que ser reequilibradas todos los años».

En su sentencia, la sala de lo Contencioso-administrativo del TSJA argumenta que «lo único que ha quedado acreditado» respecto a las obras es «la dificultad de acceder al estacionamiento por un determinado periodo» de tiempo, como fue la duración de los trabajos.

Añade que ante una concesión que se adjudicó a principios de los 90 y finaliza en 2038 «no se puede hacer una foto fija de las circunstancias de la rentabilidad» y hace mención a que, durante ese periodo de tiempo, la empresa se enfrenta tanto a «circunstancias desfavorables» como «de carácter positivo». Además, concluye que la empresa no ha acreditado que «estos hechos imprevisibles» le hayan impedido mantener abiertas las instalaciones por lo que desestima el recurso de EPSA, a la que solo le queda la vía del Supremo, donde podría interponer un recurso de casación.