Este es el único caso en el que los ciclistas pueden circular por la acera en Zaragoza: "Con carácter excepcional..."
La ordenanza municipal del ayuntamiento de la ciudad expresa qué ciudadanos podrán ignorar los carriles bici e ir por la acera sin ningún remordimiento

Dos bicicletas circulando por un tramo del carril bici en Gran Vía, Zaragoza / Jaime Galindo.
Un eterno debate de la ciudadanía es sobre la capacidad que tienen las bicicletas de circular por sus calles, ya sea por los caminos, las calzadas de los entornos urbanos o los propios carriles bicis habilitados para ello. Más aún cuando en Zaragoza ciudad ha sido su ayuntamiento el que ha llevado a sus vías un servicio de bicicletas de alquiler hace apenas unos meses. Pues si bien existen estas posibilidades de circulación, hay una única variante que sólo la pueden practicar un sector de la población, que es usar este vehículo a pedales por la acera.
Prohibido para la mayoría y para el disfrute de muy pocos, pero únicamente los menores de 12 años son capaces de ello, eso sí, con ciertos matices a respetar por los usuarios. En este caso, al ser menor, debe estar acompañado por un adulto en todo momento, y este debe ir a pie. Además, tienen un límite de velocidad establecido de 5 kilómetros por hora.
Cabe recalcar que la prioridad en la acera seguirá siendo del peatón si se da esta casuística, ya que esta situación los dejaría como invitados en este espacio compartido con más ciudadanos. Tal es esta preferencia que si hay un volumen considerable de gente paseando por la calle y aquel que vaya montado en este vehículo puede llegar a molestar, debe bajarse de la bicicleta. Al igual que los turismos con las motos y las bicis, estas últimas deben mantener una distancia de seguridad con las personas que anden por la acera: de mínimo un metro.
Además, la ordenanza municipal que rige esta excepción (artículo 50.7) es clara en cuanto a las zonas en las que esta excepción no es aplicable. Existen en Zaragoza calles y espacios catalogados como zonas de especial protección para el peatón, donde la seguridad y comodidad de quienes transitan a pie prima por encima de cualquier otro uso. En estos entornos, está terminantemente prohibida la circulación de bicicletas por aceras y zonas peatonales, sin que exista excepción alguna.
Esto implica que ni siquiera los menores de 12 años pueden hacer uso de la bicicleta en estos espacios, aunque vayan acompañados por una persona adulta y cumplan el resto de condiciones previstas en la normativa. En caso de acceder a una de estas zonas, la bicicleta deberá ser conducida a pie, nunca montado sobre ella, evitando así posibles conflictos o situaciones de riesgo con los peatones.
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