Los diputados de las Cortes de Aragón cobrarán durante más de dos meses sin ir al Parlamento gracias a una norma que data de 1997. Es este texto al que se agarran los servicios jurídicos de la Cámara para justificar el pago de las nóminas una vez la Cámara se ha disuelto, algo que sucederá el próximo lunes. La Mesa ni siquiera debatirá este asunto porque la normativa es meridianamente clara. No hay duda: tienen derecho a ingresar sus sueldos, pese a que no tendrán que desempeñar actividad alguna.

Los servicios jurídicos justifican su recomendación en el artículo 3, apartado 4 de la llamada normativa sobre el régimen sobre el régimen económico del trabajo parlamentario. El texto original fue redactado en 1997 y modificado a los largo de los años, pero no al respecto de las retribuciones de los diputados cuando la Cámara está disuelta. En este apartado se dice: "Se tendrá derecho a la percepción de estos conceptos --retribución mensual dividida en 14 pagas-- desde el momento de la toma de posesión hasta que se constituya la nueva Cámara tras la celebración de elecciones, salvo que se produzca con anterioridad la pérdida de la condición de diputado por alguna causa que no sea la prevista en la letra e) del artículo 6 del Reglamento de la Cámara".

En ese artículo de la normativa que rige el funcionamiento de las Cortes se señala que se pierde la condición de diputado por "extinción del mandato, al expirar su plazo o disolverse" la Cámara. "No obstante, los miembros titulares y suplentes de la Diputación Permanente y los senadores representantes de la comunidad autónoma mantendrán su condición de diputados hasta la constitución de las nuevas Cortes".

Con estos dos apartados, los diputados se garantizan que cobran de las arcas públicas desde la constitución de la Cámara hasta que existe una nueva, independientemente de si el Parlamento se disuelve o no.

Aragón vivirá una situación que nunca se había dado antes. La presidenta, Luisa Fernanda Rudi, disolverá el Parlamento y convocará elecciones el próximo lunes, por lo que durante más de dos meses, no habrá actividad alguna en la Cámara. Hasta ahora las Cortes no se disolvían hasta el mismo día de las elecciones, así que el periodo de retribución sin trabajo real era de solo 20 días.