El Consejo de Gobierno del Ejecutivo autonómico, en virtud de lo establecido por el Estatuto de los Trabajadores --que confiere a las comunidades autónomas la capacidad para fijar las festividades de carácter local y autonómico--, ha aprobado el decreto que establece las fiestas laborales retribuidas no recuperables e inhábiles para el año 2008 en Aragón.

Así, serán festivos el martes 1 de enero, Año Nuevo; el lunes 7 de enero, en sustitución del 6 de enero, que se celebra la Epifanía del Señor; el día 20 de marzo, Jueves Santo; el Viernes Santo, día 21 de marzo; el 23 de abril, miércoles, festividad de San Jorge --Día de Aragón--; el jueves 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; y el viernes 15 de agosto, festividad de la Asunción de la Virgen. Además, se guardará fiesta el lunes 13 de octubre, en sustitución del 12 de octubre, fiesta nacional de España; el sábado 1 de noviembre, día en que se celebra Todos los Santos; el sábado 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; el lunes 8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción; y el jueves 25 de diciembre, Natividad del Señor.