La Cámara de Cuentas constata 22 incumplimientos en el informe fiscalizador de la principal empresa pública de la comunidad, Sarga, durante el año 2015. En su informe, hecho público ayer, elabora además cinco recomendaciones para mejorar la transparencia y la actividad de esta compañía, dedicada a la ejecución y gestión de infraestructuras publicas y a la prestación de servicios agroambientales para el desarrollo sostenible.

La mayor parte de los incumplimientos detectados tienen que ver con la contratación y ordenación del personal, la percepción de dietas y retribuciones y el saneamiento financiero de una empresa que se constituyó en el 2012, fruto de la fusión entre Sirasa y Sodemasa. La Cámara también advierte de que durante todo este tiempo no se ha hecho ningún informe de seguimiento o evaluación sobre el resultado de esta fusión.

El ente fiscalizador pone objeciones al nombramiento de la junta directiva, en el sentido de que en muchos casos no hay expedientes sobre el procedimiento de designación ni se justifica cómo se realizó la nueva dirección tras la fusión de Sirasa y Sodemasa. También constata que tres directivos de Sodemasa siguen cobrando en el 2015 como tal a pesar de que no continuaron como trabajadores de alto nivel.

diferentes retribuciones / Del mismo modo, entre el resto de empleados también se cometieron desajustes que no se justificaron de la forma debida. «El personal de Sarga sujeto al convenio colectivo de Sirasa percibió retribuciones por distintos conceptos por importe de 203.000 euros (4,4 % del importe total de las retribuciones de este personal) sin suficiente soporte o justificación», indica el documento. Asimismo, continúa: «164 empleados percibieron retribuciones por encima de lo previsto en el convenio colectivo para el puesto/categoría sin que exista justificación documental. Ello supone una cuantía de 64.000 euros al año.

Algunos trabajadores percibieron retribuciones no recogidas en el capítulo Condiciones económicas del convenio colectivo y sin que estuviesen aprobadas normas que regulasen su cuantificación y asignación por importe total de 26.000 euros. En concreto: plus de especial dedicación, plus de transporte por traslado al centro situado en el polígono Malpica, plus 112 y plus Alfranca.

Lo mismo sucedió con 76 empleados de Sarga que estaban sujetos al convenio de Sodemasa y percibieron 110.000 euros por encima de lo previsto en el convenio de la sociedad extinguida. De hecho, la Cámara de Cuentas insta a la empresa a que tenga convenio de trabajadores.

La principal fuente de ingresos de Sarga son los encargos de ejecución, que alcanzan los 47.000.000 de euros y representan el 70 % de sus ingresos, si bien, en doce encargos se pone de manifiesto que la sociedad no tiene los medios propios para llevar a cabo la prestación objeto y procede a subcontratarlo: en unos casos en un 60 % y en cuatro encargos en un 80 %. Además, en el caso de las obras de emergencia derivadas de las inundaciones por la crecida del Ebro en febrero y marzo de 2015 se subcontrató casi el 100 %.

A este respecto la Cámara advierte que el encargo de obras de emergencia está reservada por la Ley de Contratos «en exclusiva a la Administración». Las sociedades mercantiles, aunque sean integrantes del Sector Público, no pueden acudir a la tramitación del artículo 113 de la Ley de Contratos, que concibe esta modalidad de tramitación para cuando se «tenga que actuar de manera inmediata» y en los supuestos tasados en la misma; y, en todo caso, para actuaciones que se limiten a lo estrictamente indispensable para remediar los daños producidos.