El Gobierno de Aragón ha ampliado en seis meses el plazo para resolver las peticiones de indemnizaciones por daños personales a las víctimas y afectados por actos terroristas incluidas en la Ley 4/2008 de Medidas a Favor de las Víctimas del Terrorismo pero que corresponde asumir a ejecutivo autonómico.

El consejero de Presidencia, Vicente Guillén, ha explicado en rueda de prensa, tras el Consejo de Gobierno en el que se ha tomado esta decisión, que la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia trabaja en estos momentos con 196 expedientes, que suponen un número de afectados superior ya que algunas de estas solicitudes incluyen a varios miembros de una misma familia.

Guillén ha explicado que en virtud de la ley citada, el 30 por ciento de las indemnizaciones a las víctimas lo debe abonar el Gobierno de Aragón, pero que el plazo para resolver las solicitudes autonómicas era escaso, en tanto en cuanto es necesario cruzar los datos de éstas con los expedientes que tramita el gobierno de la nación.

El anterior consejero de Presidencia y Justicia dictó el 5 de septiembre de 2014 la orden por la que se abría el plazo de presentación de solicitudes, que se podían hacer efectivas hasta el 6 de marzo de este año.

Según la orden, el plazo de resolución concluiría el próximo 6 de septiembre, aunque ahora se amplía hasta el próximo 6 de marzo.

El Gobierno de Aragón asegura que los datos proporcionados en las solicitudes exigen un estudio y análisis pormenorizado de cada unos de los expedientes, así como la petición de informes aclaratorios de los datos proporcionados, al no contar con los expedientes tramitados por el Ministerio del Interior y no disponer de toda la información precisa.

La ley 4/2008 tiene por objeto el reconocimiento de quienes hayan sufrido actos terroristas con actuaciones destinadas a las víctimas del terrorismo consistentes en indemnizaciones por daños físicos y psíquicos, reparaciones por daños materiales, subvenciones, acciones asistenciales y distinciones honoríficas.

La ley atiende a las víctimas por actos terroristas ocurridos entre el 10 de agosto de 1982 y la fecha de entrada en vigor de la propia ley, el 3 de julio de 2008.

Posteriormente se amplió la retroactividad de la ley hasta alcanzar como fecha inicial de los actos terroristas el 1 de enero de 1960.