El decreto de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, que permite al ocupante de una vivienda seguir en ella hasta el 17 de noviembre del 2014 si forma parte de algún "colectivo especialmente vulnerable", solo es aplicable "cuando en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria se hubiera adjudicado al acreedor, o a persona que actúe por su cuenta". Ese requisito, incluido en el artículo 1, impide a las familias afectadas acogerse a la prórroga cuando un particular se queda el piso en una subasta.