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LA FINANCIACIÓN DE LAS FAMILIAS

Dación a plazo fijo

Bankinter es el único banco que ha hecho extensible a todas sus hipotecas la opción de entregar la vivienda para cancelar la deuda

Dación a plazo fijo

Aunque la ley hipotecaria incorpora la posibilidad de que las entidades de crédito incorporen la dación en pago a sus hipotecas, la mayoría del sector financiero ha racaneado en la inclusión de esta cláusula en los créditos hipotecarios que comercializa. De hecho, el sector casi por unanimidad ha preferido la otra alternativa que ofrece la ley: la de negociar individualmente con el cliente la posibilidad de aceptar la entrega de la vivienda para enjugar la deuda con la entidad en el caso de que se produzca una ejecución hipotecaria. Tan solo Bankinter optó (en el año 2011) por poner en el mercado una hipoteca con dación en pago para los créditos para vivienda. Se desmarcó entonces del conjunto del sector financiero.

«Quisimos anticiparnos en aquel momento al anuncio de medidas por parte del Gobierno que abrieran la vía en la legislación a la dación en pago ante la demanda social existente», afirman fuentes de la entidad bancaria para justificar el lanzamiento de la hipoteca sin más.

En el año 2012, se aprobó un real decreto en este sentido que dio la opción a todo el sector de incorporar este producto financiero a su cartera. Nadie copió el ejemplo de Bankinter. Y ahora tampoco, cuando la entidad ha decidido extender ese producto a las hipotecas de tipo fijo y mixto, aprovechando la circunstancia de que tanto la oferta -en primer lugar- como la demanda se han volcado en estos momentos en la comercialización de este tipo de crédito.

«En nuestro caso, el 16% de las nuevas hipotecas son de tipo fijo o mixto», según explican fuentes de la entidad. La proporción llega a ser incluso mayor en otras entidades financieras, en las que los créditos de tipo único pueden llegar a alcanzar el 30% de la nueva producción.

Alarma social

En el 2011, el volumen de ejecuciones hipotecarias provocó una gran alarma social y dio lugar a la aparición de asociaciones de afectados en defensa del derecho a una vivienda digna para quienes no pudieron conservar la propia. El Gobierno se vio obligado a introducir cambios legislativos de los que se desprendía la voluntad de preservar los intereses de las entidades financieras, en muchos casos tocadas por el estallido de la burbuja inmobiliaria. En estos momentos existe una ley de dación en pago, que es el real decreto ley 6/2012 de 9 de marzo del 2012, de medidas urgentes para la protección de deudores hipotecarios sin recursos.

A principios del 2016, el Ejecutivo introdujo modificaciones que incluían medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. Fue la conocida como ley de la segunda oportunidad. Añadía un paquete de medidas que daban la posibilidad, entre otras, de liquidar una deuda hipotecaria a través de la dación en pago. Otorgaba la opción de negociar la entrega de la vivienda para saldar la deuda. A esto se acogen la mayoría de entidades,en vez de crear productos específicos.

La hipoteca sin más, de Bankinter, es un préstamo hipotecario que incluye, por contrato y sin coste añadido, la dación en pago, lo que supone que en caso de impago el cliente respondería solo con el bien tomado como garantía. No se trata de un producto estándar: «No es como vender un coche», se afirma en la entidad. «En cada caso se establecen condiciones determinadas. El objetivo es que se acabe pagando el préstamo, pese a que se incluye la dación», apuntan.

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