Son muchas las dudas que nos pueden asaltar a la hora de elaborar la declaración de la Renta 2021. Una de las habituales es qué hacer en el caso de tener una vivienda alquilada. En este caso, no declararla puede conllevar una multa de Hacienda. Como arrendador, los ingresos procedentes del alquiler de una vivienda se consideran en el IRPF un rendimiento de capital inmobiliario y forman parte de la base imponible general, donde aparecen los rendimientos del trabajo (salario).

Así pues, el tipo de gravamen que se le aplicará al contribuyente dependerá de la comunidad autónoma donde resida y que puede llegar al máximo del 52% en Navarra, siendo el 43,5% por ejemplo en Madrid.

Tal y como consta en Hacienda, cuantificar el rendimiento por el alquiler de la vivienda se realiza restando al dinero cobrado (rendimientos íntegros) los gastos que tengan consideración de deducibles. Así se obtiene el rendimiento neto y, sobre la cantidad positiva, se aplica una reducción del 60%, siempre que el inmueble alquilado esté destinado a vivienda. Ya no hay reducción del 100% en caso de arrendamiento a menores de 35 años.

Plazos

El pasado 6 de abril arrancó la Campaña de la Renta 2021. Miles de españoles tendrán hasta el 30 de junio para presentar ante la Agencia Tributaria sus declaraciones de IRPF y, por lo tanto, ya se puede solicitar el borrador de la declaración.

En la primera fase de la campaña, solo podían presentar la declaración aquellos que la iban a hacer por Internet, mientras que los que quieren hacer los trámites por teléfono tuvieron que esperar al 5 de mayo. El 1 de junio será el día en el que se pueda acudir físicamente a oficinas para realizarla.

Información de utilidad:

Manual para hacer la declaración de la renta

Borrador de la declaración de la renta

Obligados a declarar