La Sección Tercera de la Audiencia de Zaragoza ha condenado al Ministerio del Interior como responsable civil subsidiario de las graves lesiones que un interno del Centro Penitenciario de Zuera, J. A. O. M., sufrió al ser agredido otros dos reclusos --Z. V. y V. L., este último condenado por asesinato-- tras una discusión en el módulo 10 del penal.

La sentencia inicial del Juzgado de lo Penal número 1 de Zaragoza exoneró de responsabilidad civil a la Administración penitenciaria al entender que la agresión era imprevisible. Sin embargo, el tribunal provincial señala que, tal y como indica el relato de hechos de la resolución, "se produce una previa discusión y no existe una inmediata reacción de los funcionarios de prisiones".

AGRESIÓN Los dos condenados iniciaron una discusión durante la que V. L. lanzó una silla a la víctima, que logró esquivarla. No le ocurrió lo mismo con un puñetazo dirigido a la mandíbula, que le derribó. Z. V. "aprovechó" esa situación "para darle una patada en la boca, cesando la agresión cuando llegaron los funcionarios adscritos a dicho módulo". La víctima sufrió una rotura de mandíbula y perdió una muela, lesiones de las que tardó 55 días en curarse.

En el juicio, celebrado a mediados de diciembre, los dos acusados, defendidos por las penalistas Olga Oseira Abril y María José Peralta, aceptaron un acuerdo por el que, tras confesar los hechos, las acusaciones --la Fiscalía y la víctima-- redujeron sus peticiones iniciales de condena a tres meses de prisión para Z. V. y a cuatro y medio para V. L., em ambos casos por un delito de lesiones. También aceptaron indemnizar a J. A. O. M. con 3.750 euros por las lesiones que le causaron y las secuelas de estas.

Tras el acuerdo sobre las penas, solo quedaba por determinar si la Administración central debía o no ser declarada responsable civil subsidiaria de la agresión, postura que defendían tanto el ministerio público como Eloísa Gimeno, que ejercía la acusación particular en nombre de la víctima, y a la que se opuso la Abogacía del Estado.

RECURSO La acusación particular recurrió el fallo ante la Audiencia de Zaragoza, cuya Sección Tercera recuerda que la Administración "es la garante de la vida e integridad de los internos" de las cárceles, lo que le obliga, ante el evidente riesgo de conflictos entre la población penitenciaria, a aplicar medidas de seguridad "adecuadas a los peligros que genere cada fase de ejecución de la pena".

En el caso de V. L., añade, "no se tomó una especial precaución ante tal actitud constatada en el mismo", por lo que "debe atribuirse al centro penitenciario la indebida adopción de medidas tendentes a impedir sucesos como los descritos".