Entre las deducciones que los aragoneses tendrán que tener en cuenta para confeccionar el IRPF de este año figuran el nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos (entre 500 y 600 euros), el nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad (200 euros), la adopción internacional de niños (600 euros por hijo adoptado), el cuidado de personas dependientes que vivan con el contribuyente (150 euros). Los nacidos o adoptados en municipios de menos de 10.000 habitantes también contarán con 100 euros en el primer hijo y 150 en el segundo. Se podrán deducir los gastos de guardería menores de 3 años (15%) con un máximo de 250 euros por cada hijo inscrito en esos centros.

La deducción será del 5% en aquellos casos de compra o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales siempre que su residencia habitual sea Aragón, tenga menos de 36 años y se trate de la adquisición de su primera vivienda. El inmueble deberá estar en una localidad de menos de 3.000 habitantes y la declaración no ha de superar los 21.000 euros (individual) o los 35.000 en el caso de que sea conjunta.

También se podrá deducir la adquisición de libros de texto y material escolar. Será del 100% de la cantidad destinada por el contribuyente a la adquisición de libros de texto para primaria y secundaria y también para la compra de material escolar necesario para los hijos.

El arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago contará con una deducción del 10% de las cantidades satisfechas durante el ejercicio, con una base máxima de deducción de 4.800 euros. El arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador) se aplicará el 30% de la parte de cuota íntegra autonómica del IRPF que corresponda a los rendimientos del capital inmobiliario.

Asimismo, tendrán deducciones quienes hayan realizado donaciones con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico que alcanza hasta el 20% del total. También aquellos que hayan invertido en el Mercado Alternativo Bursátil (20% con un importe máximo a deducir de 10.000 euros) y las víctimas de terrorismo que hayan adquirido una vivienda habitual (3%)

El contribuyente también podrá deducirse el 20% de las cantidades invertidas en la adquisición de participaciones sociales en sociedades mercantiles nuevas o recientes. El importe máximo de esta deducción será de 4.000 euros. Finalmente, según lo establecido para la comunidad, la inversión en entidades de la economía social contarán con una deducción del 20% con un importe máximo a deducir de 4.000 euros.