El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto-Ley por el que se modifica la Ley de Medidas en Materia de Contratos del Sector Público de Aragón para la profesionalización de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.

Esta medida deriva de la ley de la aprobación de la Ley de Integridad y Ética Pública, según ha explicado el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.

El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón es un órgano colegiado especializado adscrito orgánicamente al Departamento de Hacienda y Administración Pública, que tiene plena independencia funcional en el ejercicio de sus competencias de revisión de los procedimientos de contratación.

Desde su creación en 2011 y hasta 2016, el Tribunal ha dictado 489 acuerdos, lo que ha supuesto un incremento de la carga de trabajo en dicho periodo de un 400 %, debido fundamentalmente a la progresiva rebaja de los umbrales económicos a partir de los cuales los contratos públicos pueden ser susceptibles del recurso especial en materia de contratación pública.

En la actualidad los miembros del Tribunal de Contratos Públicos de Aragón compatibilizan esta tarea con su puesto de trabajo en la Administración a la que pertenezcan.

El Decreto establece que el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón estará compuesto por un presidente y al menos dos vocales, y que cuando sea preciso por el volumen de asuntos sometidos a su conocimiento el Gobierno ampliará los vocales.

Todos ellos serán nombrados por Decreto del Gobierno de Aragón, previa información a las Cortes y a través de una convocatoria pública que deberá publicarse en el Boletín Oficial de Aragón.

La designación del presidente y de los vocales se realizará entre funcionarios de carrera del Grupo A1, con la titulación en Derecho, que hayan desempeñado su actividad profesional en la rama de Derecho Administrativo relacionada directamente con la contratación pública durante más de quince y diez años, respectivamente.

La duración del mandato de los miembros del Tribunal será de seis años, y no podrá prorrogarse, y desempeñarán su función en régimen de dedicación exclusiva.

Por otra parte, el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón dispondrá de una unidad administrativa que prestará apoyo técnico y administrativo para el ejercicio de sus funciones.