El jurado popular que decidió sobre la culpabilidad o inocencia de Pablo Miguel Canales en el asesinato a cuchilladas y posterior decapitación de Eduardo Montori, alias Falconetti, en su casa de Ejea de los Caballeros en 1996, se decantó por la última opción, al no ver pruebas suficientes de su autoría. Sin embargo, los nueve hombres justos sí consideraron probado que Canales estuvo en la casa en el momento de los hechos, por la existencia de una huella de la palma de su mano, ensangrentada, en la pared.

Para la acusación particular, que ejerce el penalista Javier Notivoli en nombre de la familia de la víctima, esto supone una incoherencia que debe conducir a repetir el juicio. Así lo sostuvo ayer en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), donde se celebró la vista por el recurso que presentó contra la absolución.

Notivoli argumentó que el fallo vulnera «la tutela judicial efectiva», al dar por probados unos hechos que debían llevar a una condena, para luego concluir en una absolución «no motivada» por el jurado. En el veredicto se debe de dar una explicación, aunque sea pequeña, de por qué se vota lo que se vota, que a juicio del letrado no se realizó.

Notivoli sostuvo, ante los magistrados, el fiscal y el abogado defensor, Javier Elía -además del acusado, llegado desde prisión por estar cumpliendo condena por otro caso-, que como mínimo debió ser condenado como cooperador, o incluso «por omisión», al no evitar la muerte.

Su alegato tuvo el apoyo del fiscal, que también considera «irracional» el fallo del jurado popular, ya que con sus votaciones construyen un relato «incoherente» en el que alguien está en casa de un asesinado en el momento del crimen (o muy próximo a él) pero no tiene responsabilidad alguna en los hechos. También echó de menos los fundamentos de derecho en la sentencia consiguiente.

Para el abogado defensor de Canales, que se opone a revisar el caso, no hay tal incoherencia en la decisión. No negó que pudiera haberse preguntado al jurado sobre una posible cooperación de su cliente, pero las acusaciones, que participaron «activamente» en la redacción del objeto del veredicto -el cuestionario que el jurado tiene que votar-, no incluyeron esa posiblidad. Algo que no es achacable a su cliente, del que defendió su inocencia, confirmada en el juicio.

Para Elía, el relato de hechos es incoherente porque nunca ha habido «pruebas suficientes» de la autoría del crimen, empezando por el móvil. Los miembros del jurado no vieron probado que fuera por un cheque falso de más de medio millón de pesetas, como creían las acusaciones. Ni siquiera que Canales tuviera conocimientos de descuartizamiento de animales, por ser su familia ganadera, lo que para el fiscal era un importante indicio de que fue él quien le decapitó.