La Audiencia de Zaragoza ha desestimado la demanda civil interpuesta por un matrimonio contra una promotora inmobiliaria con la que pactó la cesión de una casa de su propiedad a cambio de una vivienda en la futura edificación que proyectaba la empresa, que no pudo acometer al verse afectada por la crisis.

La sentencia destaca que el acuerdo, formalizado en el 2006, no se llegó a cumplir ya que, a pesar del tiempo transcurrido, la pareja no llegó a entregar la casa ni la promotora, actualmente en concurso de acreedores, llegó a realizar obra alguna en ningún terrano como consecuencia de la crisis económica y la inviabilidad de la empresa.

En su demanda, el matrimonio solicitaba el cumplimiento del contrato o, subsidiariamente, una indemnización para paliar las supuesta pérdidas sufridas en el valor de la finca desde la firma del contrato.

Los magistrados, que ratifican la decisión del juzgado de primera instancia, entienden que el contrato no llegó a cumplirse ya que la entrega no se hizo y la pareja continuó viviendo en el inmueble, por lo que no hubo tales pérdidas económicas.

«A partir de ahí nada consta -argumentan-, ni que la promotora hubiera realizado gestiones o actuaciones tendentes a edificar el inmueble recogido en el contrato, pero tampoco que los cedentes hayan realizado ningún comportamiento no sólo en reclamación de su derecho».