El Tribunal Supremo ha rebajado de un año y medio a seis meses de prisión la condena impuesta por un delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas a un joven detenido en Zaragoza por publicar en la red social Twitter numerosos mensajes en de ETA y de los atentados perpetrados. El Alto Tribunal da más importancia los transtornos psíquicos y adaptativos del condenado de lo que lo hizo la Audiencia Nacional, que le condenó en primer término.

El joven, nacido en Rumanía en 1995, fue detenido tras ser acusado por la Fiscalía, la familia de una víctima y la Asociación Dignidad y Justicia. La Audiencia Nacional apreció en su fallo una atenuante relacionada con el trastorno psíquico que padecía y planteó, en ejecución de sentencia y como alternativa a su encarcelamiento, su ingreso en un centro psiquiátrico o una libertad vigilada durante tres años.

La sentencia fue recurrida por el letrado de la defensa, que alegó que durante el juicio no se había acreditado la autoría de los hechos (él no declaró) y que no se valoraron lo suficiente sus problemas.

El Supremo ve probada la autoría, y recuerda que su identidad en Twitter pudo ser acreditada gracias a una felicitación de cumpleaños de su madre adoptiva. El joven, adoptado a los tres años de edad, tras ser abandonado por su familia, había dejado tiempo atrás el domicilio familiar para dedicarse a ejercer la mendicidad en España y en el extranjero. Solo se comunicaba con su madre adoptiva por Twitter.

El Alto Tribunal considera que sus tuits, «en su descarnada, acerbada y reiterada expresión, a lo largo de casi dos años, difunden un mensaje que contiene una exaltación de las acciones más violentas» de ETA. Subrayan además su «entusiasmo» ante estos «momentazos», con exhortos a la repetición y loas a los terroristas, así como humillación a las víctimas. Pero aunque no ven «justificados» sus mensajes, si «resultan explicables» por su vida.