La Audiencia de Barcelona ha condenado el autor del triple crimen de la Sagrada Familia, Alejandro Cuartero, a una pena de 59 años de prisión por dos delitos de asesinato con alevosía, un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento y un delito de violencia psíquica habitual sobre su expareja, Mónica C.E. después de que rompieran su relación el junio del 2011.

El autor del triple crimen fue juzgado por un jurado popular. Los nueve miembros emitieron un veredicto de culpabilidad por unanimidad.

La Audiencia subraya que Cuartero actuó con "brutalidad" y con "desprecio a la vida ajena" cuando el 27 de enero de 2012 acudió al domicilio en el que vivían los dos ancianos padres y la sobrina de su expareja y les mató a martillazos como una "cruel venganza" por no poder recuperar la convivencia con ella, con quien había mantenido una relación entre 2002 y junio de 2011.

Cuartero no aceptó la ruptura de la relación sentimental, por lo que, según la Audiencia, sometió a su expareja, Mónica C. a una continua presión psicológica, ya que la siguió, le revisó sus facturas telefónicas, le instaló dispositivos de seguimiento en su vehículo y le mandó mensajes amenazantes para que volviera con él.

Según la sentencia, los tres asesinatos "no son más que el 'punto final' de esa situación de acoso ejercida de forma constante durante meses por el acusado contra su expareja sentimental".

"La muerte de los tres familiares de Mónica C. se ha revelado como la culminación de la obsesión del acusado, como una cruel venganza por no poder recuperar la convivencia con ella", remarca el fallo.

Tras la ruptura, Mónica C. se fue a vivir a la casa del barrio de la Sagrada Familia en la que vivían sus padres de 87 y 78 años de edad, y su sobrina, de 16 años.

La sentencia considera probado que la mañana del 27 de enero de 2012 Cuartero se dirigió al domicilio de la Sagrada Familia, donde se encontraban los ancianos y la sobrina, y acabó con sus vidas a martillazos, dejando tras de si un rastro de sangre que impresionó a los investigadores, que lo definieron como uno de los crímenes más espeluznantes de los últimos años en Barcelona.

La sentencia subraya que se trata de un caso de violencia de género, en el que el acusado tenía un móvil para asesinar y además su coartada se ha "desvanecido" ante la presencia de una serie de "indicios plenamente acreditados" que permiten atribuirle la autoría del triple crimen.

En el juicio, Cuartero aseguró que él no cometió el crimen, lanzó insinuaciones sobre su expareja y alegó que la mañana en que se produjo el crimen había salido a pasar a su perro.

Sin embargo, las cámaras de seguridad grabaron al vehículo de Cuartero estacionado en las inmediaciones de la casa de la Sagrada Familia y registraron a un hombre con un sombrero de vaquero -como los que utilizaba habitualmente- y cojeando levemente -como le ocurre al acusado-, dirigiéndose hacia el domicilio.

Además, en el cristal de las gafas del acusado se encontraron restos de sangre, al igual que en el cordoncillo con el que se las ataba al cuello, por lo que la Audiencia estima que con solo éste elemento ya bastaría para atribuirle la participación en el crimen.

Al igual que el jurado popular, la Audiencia rechaza por "inverosímil" la versión exculpatoria del acusado, que justificó que se hallara sangre en sus gafas porque se manchó al coger el perro empapado de sangre que le dieron los Mossos para que lo apartara del domicilio familiar.

La sentencia también condena a Cuartero, al que por ley sólo se le puede imponer un cumplimiento máximo de 30 años de cárcel, a indemnizar a su expareja y a los familiares de las víctimas con 220.000 euros.